Sábado, 20 de abril de 2024

Más de 700.000 empleadores le deben USD 1.070 millones al IESS

Autor:

Wilmer Torres

Actualizada:

18 Jun 2021 - 0:05

Hasta el 29 de junio tienen plazo los empleadores para presentar una solicitud de acuerdo o de convenio de purga de mora al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

Autor: Wilmer Torres

Actualizada:

18 Jun 2021 - 0:05

Vista del edificio matriz del IESS, en el centro norte de Quito, en noviembre de 2020. - Foto: Cortesía Gianna Benalcázar – CCQ.

Hasta el 29 de junio tienen plazo los empleadores para presentar una solicitud de acuerdo o de convenio de purga de mora al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

La falta de liquidez en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) no solo se debe a la deuda que el Gobierno Central tiene con la institución. Los empleadores también tienen atrasos por USD 1.070 millones.

Precisamente, el IESS les dio a 703.482 empleadores, que han incumplido otros convenios de pago de la mora patronal, una suerte de nueva oportunidad para que paguen las deudas que se derivan de la retención del aporte patronal que hacen a sus trabajadores.

Los atrasos en los pagos por parte de los empleadores implican que los trabajadores, pensionistas y otros beneficiarios tengan problemas para acceder a las prestaciones del IESS, como créditos y atención en salud.

Incluso, hasta los trabajadores desvinculados no pueden beneficiarse del Seguro de Desempleo, debido a los atrasos de sus exempleadores.

Los empleadores tienen dos opciones para llegar a un acuerdo con el IESS, pero el plazo vence el próximo 29 de junio de 2021.

La primera opción es un convenio para la purga de mora con el IESS por un plazo máximo de 5 años.

Esta modalidad de pago incluye las obligaciones en glosas y título de crédito en procesos coactivos y hasta las obligaciones que ya formaban parte de un acuerdo de pago incumplido, eso sí exceptuando las obligaciones impugnadas a los empleadores.

Para acceder a un convenio para la purga de mora, el empleador debe demostrar que la empresa, la producción o el negocio se ha visto afectados por circunstancias de fuerza mayor ajenas a su control, impidiendo el cumplimiento de las obligaciones con el IESS.

Estos son los requisitos que deben cumplir los empleadores para un acuerdo de pago con el IESS:

La resolución 625 también permite que los empleadores presenten una solicitud para suscribir acuerdos de pagos parciales por un plazo máximo de 24 meses.

En este caso, los empleadores deben cumplir con los siguientes requisitos:

Procesos judiciales

El IESS asegura que continuará con la recaudación por la vía coactiva o judicial en caso de que los empleadores no paguen sus deudas.

Y, la justicia castiga la falta de pago de los empleadores.

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona a las personas o empresas que retengan los aportes de sus trabajadores y que no los depositen en el IESS con una pena privativa de libertad de uno a tres años, o con la clausura de los establecimientos mientras se mantenga la mora patronal.

Pese a la pena privativa, varios proveedores del Estado consultados por PRIMICIAS aseguran que los atrasos patronales se producen porque no tienen liquidez, debido a que el Gobierno Central les debe dinero, situación que se agudizó durante la pandemia de coronavirus.

Marco Leguísamo, representante de 120 pequeños proveedores, dice que el Gobierno les debe USD 18 millones desde enero de 2021. Por esa razón, comenzaron a tener problemas para pagar los aportes al IESS.

Leguísamo representa las pequeñas y medianas empresas de sectores como educación, salud, limpieza, seguridad, tecnología y construcción, así como a un grupo de microemprendedores que proveen bienes y servicios al Estado.

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