Viernes, 19 de abril de 2024

Estar empadronado y haber votado, nuevos requisitos para ser candidato en 2021

Autor:

Estefanía Celi

Actualizada:

24 Ene 2020 - 0:03

Los legisladores de Alianza PAIS celebraron la aprobación de las reformas electorales, el 22 de enero de 2020.

Autor: Estefanía Celi

Actualizada:

24 Ene 2020 - 0:03

Los legisladores de Alianza PAIS celebraron la aprobación de las reformas electorales, el 22 de enero de 2020. - Foto: Asamblea

La Asamblea ratificó esta nueva condición, que busca garantizar que los candidatos pertenezcan a la jurisdicción a la que aspiran representar. La decisión se tomó de último minuto en el Pleno.

Las personas que busquen ser candidatos a la Asamblea en las elecciones de 2021 deberán cumplir con un nuevo requisito: constar en el padrón electoral y haber sufragado en el cantón o distrito al que aspiran representar.

Las reformas al Código de la Democracia aprobadas el 22 de enero de 2020 incluyen este cambio, que entrará en vigencia de inmediato.

La intención es garantizar que quienes se presenten a las elecciones legislativas hayan vivido los últimos dos años de forma ininterrumpida en el lugar donde se postulan.

Con esto, a criterio de Ximena Peña (AP), ponente del proyecto, se busca evitar que los "oportunistas" se inscriban como candidatos en lugares en los que no han vivido.

La idea va de la mano de la no eliminación de la división en circunscripciones de las provincias grandes, lo que también persigue el objetivo de que haya una "cercanía y representación" de los candidatos.

Este requisito aplica también para concejales y vocales de las juntas parroquiales.

Hasta antes de la aprobación de las reformas, era necesario presentar una declaración juramentada para asegurar que el candidato vivía en el lugar donde había postulado.

¿Una reforma dirigida a Correa?

La Comisión de Justicia había previsto que este nuevo requisito no fuera aprobado. Fue uno de los puntos en los que el informe recomendaba el allanamiento al veto del Ejecutivo. Sin embargo, las negociaciones en el pleno dieron otro resultado.

La Asamblea aprobó, en diciembre de 2019, el requisito de estar empadronado y haber votado. Pero el Ejecutivo vetó el texto con el argumento de que la sanción por no votar es económica, y no tiene consecuencias sobre el derecho de participación política.

El veto contenía un error de forma e incluyó un nuevo texto que decía que los ecuatorianos en el exterior deberán inscribir su candidatura personalmente, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley.

Este texto podía aplicarse en el caso de que el expresidente Rafael Correa, quien vive en Bélgica, decidiera candidatizarse.

Todo estaba previsto para que el texto pasara tal como quería el Ejecutivo. Pero el debate en el pleno de la Asamblea cambió el escenario a último minuto.

Peña señaló que los legisladores decidieron regresar al texto aprobado originalmente y desechar los cambios propuestos por la Presidencia.

Además, dijo, no se aprobó una reforma que contenía un error de forma, tal como estaba en el veto.

Con esto, el requisito del voto y del empadronamiento quedará vigente y, por otro lado, no será necesaria la presentación personal para los ecuatorianos radicados en el exterior.

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