Viernes, 29 de marzo de 2024

Lasso sería el primer presidente juzgado por el Legislativo desde 1979

Autor:

Adriana Noboa

Actualizada:

31 Mar 2023 - 5:29

Esta es la segunda ocasión en que la Corte Constitucional (CC) admite a trámite la solicitud de juicio político contra un mandatario. La primera fue contra Jorge Glas, en 2017.

El presidente Guillermo Lasso en un evento en Quito, el 8 de diciembre de 2022.

Autor: Adriana Noboa

Actualizada:

31 Mar 2023 - 5:29

El presidente Guillermo Lasso en un evento en Quito, el 8 de diciembre de 2022. - Foto: Presidencia

Esta es la segunda ocasión en que la Corte Constitucional (CC) admite a trámite la solicitud de juicio político contra un mandatario. La primera fue contra Jorge Glas, en 2017.

El Palacio de Carondelet está en crisis. El devenir político del Ejecutivo parece haber llegado a su clímax: la Asamblea Nacional se dispone a enjuiciar políticamente al presidente Guillermo Lasso. Y, será el primer caso desde el retorno a la democracia.

Ningún otro Primer Mandatario ha sido enjuiciado por el Legislativo desde 1979. Sin embargo, cuando la Asamblea quiso enjuiciar al vicepresidente Jorge Glas, en 2017, la Corte Constitucional (CC) admitió el trámite.

El proceso fue descartado en el Legislativo una vez que Glas perdió el cargo y fue reemplazado por María Alejandra Vicuña. A la vez que el ex vicepresidente era condenado a seis años de prisión por asociación ilícita en el caso Odebrecht.

Previamente, el único caso en que el Legislativo decidió la remoción de un mandatario fue en febrero de 1997, cuando el Congreso declaró la "incapacidad mental" de Abdalá Bucaram para gobernar. Sin pruebas médicas y por mayoría de votos.

En los otros casos, de derrocamientos presidenciales, la presión en las calles ha sido la que ha marcado la caída de los gobernantes, seguidos de la pérdida de respaldo de las Fuerzas Armadas.

Solo una vez que los militares han desconocido al Jefe de Estado de turno, el Congreso ha entrado en escena para tomar una decisión política. Por ejemplo, en el caso de Jamil Mahuad, en 2000, el Legislativo terminó posesionando a su vicepresidente Gustavo Noboa.

Y, en 2005, cuando Lucio Gutiérrez se vio obligado a huir del Palacio y, posteriormente, del país, el Congreso declaró el abandono del cargo, para posesionar en su lugar al vicepresidente Alfredo Palacio.

El caso de Lasso

Los intentos de la oposición por remover al Mandatario del cargo van acercándose a la meta. Una tercera parte de la solicitud de juicio político fue admitida a trámite por la Corte Constitucional.

El Mandatario podrá ser llevado a juicio político por la acusación de un supuesto peculado, relacionadas con irregularidades en la empresa pública Flota Petrolera Ecuatoriana (Flopec).

Después de que el Consejo de Administración Legislativa la remita a la Comisión de Fiscalización, el Ejecutivo iniciará su proceso de defensa, pese a que rechazó la decisión de los magistrados.

El ministro de Gobierno, Henry Cucalón, afirmó que el presidente Lasso 'dará la cara' y se presentará ante la Asamblea, frente a la "malhadada acusación", para desvirtuar el juicio político.

Sin embargo, el Mandatario puede recurrir a una herramienta constitucional para adelantarse a la Asamblea y destituirlos primero: la muerte cruzada. En ese caso, el presidente Lasso gobernaría por decretos ley por alrededor de tres meses, mientras se realizan elecciones anticipadas para completar el periodo hasta 2025.

El proceso en la Asamblea

El Consejo de Administración Legislativa tiene CAL se reunirá este 31 de marzo, a las 09:30, para conocer el dictamen de la Corte y enviarlo a la Comisión de Fiscalización para que siga el trámite.

Esa mesa legislativa tiene un plazo de hasta 30 días para presentar su informe, que deberá recomendar o no el enjuiciamiento político en el Pleno:

  • 10 días para que el Presidente ejerza el derecho a la defensa.
  • 10 días para la actuación de pruebas.
  • 10 días más para la elaboración del informe.

Con el informe listo, el presidente de la Asamblea tiene hasta cinco días para convocar al Pleno para el enjuiciamiento político al Primer Mandatario. En esa sesión, el asambleísta que haya hecho la solicitud de juicio político tendrá dos horas para su interpelación.

Mientras que el Mandatario tendrá hasta tres horas para ejercer su defensa. Luego, cada parte podrá replicar por un tiempo máximo de una hora.

Después de eso, comienza el debate en el Pleno, en el que pueden intervenir los 137 asambleístas y exponer sus razonamientos por un tiempo máximo de 10 minutos.

Para la aprobación de la moción de censura al Presidente, se requiere el voto de la mayoría calificada de los integrantes de la Asamblea Nacional, es decir, 92 votos.

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