Jueves, 28 de marzo de 2024

Traición a la Patria: la causal de la Asamblea para enjuiciar a Lasso

Autor:

Estefanía Celi

Actualizada:

1 Mar 2023 - 5:28

El borrador del informe de la comisión del caso Encuentro sugiere un juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso. Con las cartas echadas en la Asamblea, el futuro del Gobierno estaría en manos de la Corte Constitucional, que debe revisar la petición.

Autor: Estefanía Celi

Actualizada:

1 Mar 2023 - 5:28

La comisión del caso Encuentro, en sesión del pasado 23 de febrero de 2023. - Foto: AN

El borrador del informe de la comisión del caso Encuentro sugiere un juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso. Con las cartas echadas en la Asamblea, el futuro del Gobierno estaría en manos de la Corte Constitucional, que debe revisar la petición.

La Asamblea Nacional se encamina a un juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso.

El borrador del informe de la comisión del caso Encuentro marca la pauta de las decisiones que la mayoría legislativa tomará en los próximos días, y que se encaminan a intentar censurar y destituir al Mandatario.

El borrador del informe tiene 221 hojas. En ellas, los legisladores argumentan jurídicamente que las supuestas irregularidades investigadas configuran un delito contra la seguridad interna del Estado, y por lo tanto -dicen- es necesario iniciar un juicio político en contra del Presidente.

La causal se configura, según el borrador del informe, porque "existen claros indicios" de que el Presidente cometió el tipo penal de traición a la patria.

Señalan específicamente al artículo 353, numeral 7, que dice que sanciona con pena privativa de libertad de siete a 10 años a quien "no informe de la aproximación del enemigo o de circunstancia que repercuta directamente en el conflicto o en la población civil".

Según el análisis de los asambleístas, los enemigos de la Patria no son solo otros Estados, "sino también organizaciones delictivas supranacionales". Es decir, este delito no se aplica solamente en situaciones de conflicto armado.

El borrador dice que el presidente Lasso "tuvo conocimiento de actos delictivos", pero no denunció ni informó de "circunstancias que repercutían directamente en contra de la población civil, como resultado de la corrupción y, lo más grave, del narcotráfico".

Específicamente, los legisladores se refieren a un informe policial archivado, filtrado por el medio digital La Posta. Este abarca una investigación de una supuesta organización delictiva dedicada al narcotráfico, y se menciona a Danilo Carrera, cuñado de Lasso.

Aseguran que el Presidente permitió "con su aquiescencia, el cometimiento de delitos execrables que pusieron en gravísimo riesgo la seguridad pública del Estado".

Además, agregan que "existió una intención deliberada por ocultar la verdad de los hechos y evitar que el país conozca quiénes fueron las autoridades policiales y civiles que ordenaron la desaparición de la investigación".

El informe se debatirá y aprobará el miércoles 1 de marzo a las 08:00. Allí, durante el debate, los legisladores podrán debatir y hacer cambios en el texto.

Los votos versus la Corte Constitucional

Tal como se presenta el escenario en la Asamblea, la mayoría legislativa integrada por Unión por la Esperanza (UNES), el Partido Social Cristinao (PSC) y parte de Pachakutik y la Izquierda Democrática (ID) alcanzaría las firmas para iniciar el juicio político al presidente Lasso.

Por lo que el papel de la Corte Constitucional es crucial.

Esta institución debe emitir un informe que avale o no el juicio político. Pero el análisis que puede hacer la Corte es solamente de forma, es decir que no puede entrar a revisar los argumentos de la petición de juicio político.

La sentencia con la que se avaló el juicio político contra el exvicepresidente Jorge Glas, en 2017, establece que la Corte debe revisar:

  • Si la solicitud ha sido propuesta de conformidad con la Constitución.
  • Si en la solicitud se singulariza la infracción que se le imputa y si, por la tipificación jurídica que se hace en la solicitud, ella cabe en el tipo de infracciones previstas en el artículo 129 de la Constitución, que establece las causales del juicio político.
  • Si en consecuencia procede o no iniciar el juicio político.

Por lo tanto, una de las salidas para Lasso es que la Corte encuentre en su revisión que la traición a la patria, tal como está establecida en el borrador del informe de la comisión del caso Encuentro, no cabe dentro de las causales para juicio político.

El proceso del juicio político

El informe de la comisión del caso Encuentro, después de ser aprobado en la mesa legislativa, pasará al Pleno de la Asamblea. Allí, se necesitan 70 votos para aprobarlo y acoger sus recomendaciones, entre ella la de llevar adelante un juicio político contra el presidente Lasso.

Sin embargo, ese informe no es suficiente para iniciar el enjuiciamiento político. Según la Constitución, para hacerlo es necesario presentar una solicitud de al menos una tercera parte de los miembros de la Asamblea, es decir, 46 asambleístas.

De este primer paso se encargará la bancada correísta UNES, que por sí sola tiene 47 asambleístas. Marcela Holguín, legisladora de este bloque, aseguró que aún no han analizado el informe, pero que ellos presentarían la solicitud de juicio político contra Lasso.

Esta solicitud debe incluir la formulación por escrito de los cargos atribuidos al Presidente. Una vez presentada, en máximo tres días, el presidente de la Asamblea debe poner la solicitud en conocimiento del Consejo de la Administración Legislativa (CAL) para la verificación de los requisitos.

Este organismo deberá remitir la solicitud a la Corte Constitucional, para que emita el dictamen previo de admisibilidad. Esta tiene seis días para emitir su dictamen.

Si la Corte Constitucional emite un dictamen de admisibilidad, el presidente de la Asamblea tiene tres días para ponerlo nuevamente en conocimiento del CAL, y este organismo debe enviar el trámite a la Comisión de Fiscalización.

Esa mesa legislativa tiene un plazo de hasta 30 días para presentar su informe, que deberá recomendar o no el enjuiciamiento político en el Pleno:

  • 10 días para que el Presidente ejerza el derecho a la defensa.
  • 10 días para la actuación de pruebas.
  • 10 días más para la elaboración del informe.

Con el informe, el presidente de la Asamblea tiene hasta cinco días para convocar al Pleno para el enjuiciamiento político al Primer Mandatario.

Para la aprobación de la moción de censura al Presidente, se requiere el voto de la mayoría calificada de los integrantes de la Asamblea Nacional, es decir 92 votos.

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