Ley de Fortalecimiento Crediticio entró en vigencia, tras ser publicada en el Registro Oficial
La Ley de Fortalecimiento Crediticio fue aprobada el 26 de septiembre por la Asamblea Nacional. Es la quinta ley con carácter de económico urgente impulsada por el presidente Daniel Noboa.

Atención a afiliados y jubilados en las oficinas del Biess en la Plataforma Financiera, el 29 de septiembre de 2025.
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Biess (red social X)
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redacción Primicias
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La Ley de Fortalecimiento Crediticio entró en vigencia el 1 de octubre de 2025, luego de que fue sancionada por el presidente Daniel Noboa y publicada en el Registro Oficial.
El documento fue aprobado el 26 de septiembre por la Asamblea Nacional, con 77 votos. La ley, que recibió varias observaciones de diferentes bloques legislativos, ley tiene tres artículos, dos disposiciones reformatorias y dos disposiciones transitorias.
Una de las principales implicaciones de la ley es la facultad que da al Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) a vender sus créditos en mora, es decir, hipotecarios, quirografarios o prendarios que no han sido pagados a tiempo por afiliados o jubilados.
Esto quiere decir que el Biess podrá hacer lo que hace la banca privada: vender y transferir a otras empresas o entidades los créditos de afiliados y jubilados que lleven meses sin pagarse, sean hipotecarios, prendarios o quirografarios.
En la práctica, si un afiliado deja de pagar un préstamo hipotecario durante mucho tiempo y el Biess ya agotó todas las gestiones de cobro, ese crédito podría ser vendido a una empresa especializada en recuperar deudas.
El Biess recibe dinero inmediato por esos créditos, aunque no al valor original que los colocó, sino por un monto menor. La empresa que compra la deuda, por su parte, intentará luego cobrarle al deudor.
Además, la norma plantea reformas a la Ley de Seguridad Social para modificar el sistema de designación y remoción de las autoridades del IESS, como el director general, el subdirector general, los miembros de la Comisión Nacional de Apelaciones, el director actuarial, el auditor interno, entre otras.
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