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La ideología no genera megavatios

Gonzalo Ortiz

Escritor, periodista y editor; académico de la Lengua y de la Historia; politico y profesor universitario. Fue vicealcalde de Quito y embajador en Colombia.

Actualizada:

15 ene 2026 - 05:55

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Imagine que el Ecuador solo tiene los servicios telefónicos convencionales que provee CNT. En ese país, el servicio de Internet, del que CNT es el único proveedor, es lento, costoso, enrevesado; los celulares funcionan mal, con muy poca cobertura, tan mal que los “smartphones” no sirven para navegar en Internet ni para las redes sociales.

Esa novela distópica pudo haber sucedido si es que no se avanzaba en la supresión del monopolio estatal en las telecomunicaciones y no se dictaba una nueva ley del sector que permitiese las concesiones para que las empresas privadas pudieran prestar servicios en competencia con las corporaciones estatales.

¿Cuándo fue posible aquello? En el Gobierno del recientemente fallecido Dr. Rodrigo Borja Cevallos, como lo recordó en un artículo de prensa quien fue gerente general del Instituto Ecuatoriano de Telecomunicaciones (Ietel), Marcelo López Arjona.

El estadista Rodrigo Borja otorgó “su comprensión y permanente apoyo” para avanzar en el tema, logrando “que la Procuraduría General del Estado determinara a la concesión como un proceso de contratación totalmente legítimo”, recordaba López.

El presidente Borja, el procurador general de aquel entonces, Dr. Gustavo Medina, y los integrantes de la mayoría del Congreso Nacional que aprobaron la nueva Ley de Telecomunicaciones (la que me tocó suscribir como secretario general de la Administración) no tenían una mentalidad dogmática como quienes elaboraron la Constitución de Montecristi o como los vocales de la Corte Constitucional que acaban de pronunciarse por restringir los criterios con los que puede otorgarse concesiones al sector privado en el caso de la generación y distribución de energía eléctrica.

Esas reformas introducidas por Rodrigo Borja permitieron que desde 1993 el Ecuador pudiera concesionar a dos empresas privadas y a la propia estatal (hoy llamada CNT) el servicio de telefonía móvil. De la misma manera, se concesionaron luego los servicios de internet, donde la estatal compite con cientos de empresas privadas.

En 2024, el Ecuador vivió una de las peores crisis eléctricas de su historia. Apagones de hasta 14 horas diarias, varios días a la semana, paralizaron hogares, comercios, industrias y servicios básicos. El impacto económico y social fue profundo, pero el debate público se concentró casi exclusivamente en el clima, el estiaje y la coyuntura. Se habló poco del problema de fondo: un diseño constitucional que limita peligrosamente la capacidad del Estado para garantizar servicios públicos esenciales.

La Constitución de Montecristi consagró un modelo en el que los sectores estratégicos —entre ellos la electricidad— quedaron bajo control exclusivo del Estado. La participación privada fue concebida como excepcional, subordinada y, en la práctica, políticamente sospechosa. No se trató de una decisión técnica sino ideológica: se asumió que la gestión estatal directa era sinónimo de soberanía y que la inversión privada implicaba, por definición, pérdida de control.

Durante más de una década, el Estado no invirtió lo suficiente, no diversificó la matriz energética ni creó reservas de generación. Mientras tanto, el crecimiento de la demanda y la dependencia de la hidroelectricidad, generada en plantas ubicadas en las estribaciones orientales de los Andes, aumentaron la vulnerabilidad del sistema. El resultado fue previsible.

Las reformas de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica de 2021 intentaron —tardíamente— abrir una pequeña puerta a la inversión privada mediante concesiones, asociaciones y contratos específicos. Era una respuesta pragmática a una realidad crítica.

Sin embargo, esa puerta ha sido nuevamente cerrada por la Corte Constitucional, que, cinco años después de presentada una demanda de inconstitucionalidad por los trabajadores eléctricos, opta por una interpretación restrictiva del texto constitucional.

La decisión puede ser jurídicamente coherente con una lectura literal de Montecristi, pero es profundamente problemática desde una perspectiva económica, social y de derechos.

Porque aquí está la paradoja central: el derecho al acceso continuo a la energía eléctrica es también un derecho ciudadano. Cuando el Estado, por razones ideológicas, se corta las manos y renuncia a usar herramientas legítimas para garantizar ese servicio, no está defendiendo la soberanía: está trasladando el costo de su dogmatismo a la población.

Ningún país serio enfrenta crisis energéticas estructurales excluyendo al sector privado. Incluso estados con fuerte presencia pública en el sector eléctrico —como Francia, Noruega o Brasil— combinan empresa estatal, concesiones, inversión privada y regulación robusta. El debate moderno no es “Estado o mercado”, sino cómo se organiza el sistema para asegurar continuidad, calidad y precios justos.

Estamos viendo que el Estado fracasa una y otra vez en la mera adquisición de generadores, casi siempre goleado por empresarios coludidos para realizar grandes estafas.

La crisis de 2024 dejó una lección incómoda: la ideología no genera megavatios. Los apagones no distinguen entre lo público y lo privado; afectan por igual al ciudadano que trabaja, al que estudia o al que emprende.

Si el Ecuador quiere evitar que los apagones se conviertan en una constante, debe pensar en lo que sucedió con las telecomunicaciones y cambiar su marco constitucional y legal en sectores estratégicos. 

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