Jueza acepta reclamo de propietario de un edificio que demandó al municipio de Guayaquil
El dueño de una edificación en el centro de Guayaquil le reclamaba a la alcaldía porque había eliminado su nombre del catastro de un inmueble de su propiedad.

Usuarios acuden, el 3 de enero de 2021, al Municipio de Guayaquil, para pagar sus impuestos prediales y acceder a descuentos por pronto pago y vacunación anticovid.
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Cortesía / Municipio de Guayaquil
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Una jueza civil de Guayaquil aceptó el recurso de habeas data que había interpuesto un ciudadano en contra del municipio de la ciudad luego de que el contribuyente se acercara a pagar sus impuestos prediales y no constara como dueño de un inmueble de su propiedad.
La audiencia judicial se realizó el 27 de octubre de 2025 y en ella el afectado declaró que desde 1988 es propietario de un edificio de cemento armado, de cinco plantas, que contiene diez oficinas, cinco departamentos y dos locales comerciales, en las calles Luque y Seis de Marzo, en el centro de Guayaquil.
Sin embargo, declaró José Eduardo L. F., ingeniero civil de 83 años, este año 2025 acudió a las ventanillas municipales para pagar sus impuestos y “se encontró con la desagradable sorpresa de que se le permite conocer el valor a pagar de los referidos impuestos y contribuciones de mejoras, pero se ha eliminado su nombre del registro de catastro municipal”.
“Se lo elimina como propietario sin una explicación debidamente fundada en derecho, sin darle una explicación respecto a la existencia de alguna resolución emitida por autoridad competente para que se le haya eliminado”.
Abogado de José Eduardo L. F.
En su testimonio, José Eduardo L. F. señaló que el 7 de julio de este año presentó escritos ante la dirección de Urbanismo, Movilidad, Catastro y Edificaciones (Dumce), pero no recibió una respuesta. En los escritos solicitaba que se le conceda una copia certificada que sustentara la decisión de eliminarlo del catastro de su predio y que se le permita pagar los impuestos.
Durante la audiencia de la semana pasada, el municipio negó que exista una vulneración de derechos en contra del ciudadano y presentó documentación en la que se demostraba que el código catastral corresponde a una edificación a nombre del propietario José Eduardo L. F.
Así mismo, argumentó, “el municipio de Guayaquil ha implementado las herramientas Servicios en Línea, mediante la cual los usuarios pueden acceder a los documentos, debiendo crear usuario y clave”.

Se vulneró derecho
No obstante, la jueza María Isabel Valdiviezo, de la Unidad Judicial de lo Civil de Guayaquil, recordó que el recurso de habeas data se puede interponer cuando se niega a un ciudadano el acceso a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales o informes que consten en entidades públicas o estén en poder de personas naturales o jurídicas privadas.
“El accionante demostró haber realizado una petición con fecha 7 de julio de 2025, la misma que, en cambio, no se ha demostrado haber obtenido respuesta alguna, siendo que es en esta audiencia que el legitimado pasivo (municipio) adjunta la documentación con la cual se da contestación a la petición de la parte accionante”.
Jueza María Isabel Valdiviezo
Por ello, la magistrada declaró como ‘procedente’ la demanda de José Luis L. F. en contra de la municipalidad, “por cuanto de los hechos expuestos se desprende que sí existió negativa de la institución en dar respuesta al requerimiento solicitado”.
Luego de que el municipio presentara en la audiencia que el código catastral del ciudadano se encontraba a su nombre y vigente, la jueza dispuso que José Eduardo L. F. se acerque a una de las ventanillas del municipio a cancelar los valores correspondientes a los predios urbanos y las contribuciones de mejoras que se encuentran pendientes de pago.
Así mismo, la jueza dispuso que, con el código catastral que dio el municipio, el ciudadano pueda hacer sus trámites en línea desde las ventanillas virtuales habilitadas en las instituciones del sistema financiero nacional.
“En consecuencia, por haber cumplido dentro de esta audiencia lo solicitado, con base a que el código catastral se encuentra vigente y a nombre del accionante, se ordena el archivo de la causa. Se deja constancia que dentro de esta audiencia no se presentó recurso alguno”, concluyó la jueza Valdiviezo.

Municipio no dio razones
No obstante, en la audiencia judicial, el municipio no explicó las razones por las cuales el nombre del ciudadano había sido eliminado del catastro. En cambio, el perjudicado contó que no era la primera vez que se borraba su nombre de ese inmueble de su propiedad.
“En el año 2011, por una actuación irregular de funcionarios municipales se eliminó mis nombres de los registros de catastro y de los comprobantes de pago de impuestos prediales, lo que provocó que presente un reclamo ante la municipalidad el 25 de octubre de 2011”.
José Luis L. F.
Luego de ese reclamo en 2011, la alcaldía emitió un código catastral para el predio, a nombre de unos familiares; y otro código para la edificación, a nombre de José Eduardo L. F.
“En tal virtud, he continuado pagando los impuestos prediales de forma ininterrumpida hasta el año 2024, y se me confirió los correspondientes comprobantes o recibos de pago de dicha obligación”, dijo el ciudadano en su comparecencia.
De ahí la sorpresa este año, explicó José Luis L. F., quien -tras la resolución de la jueza- ya puede acercarse a pagar sus impuestos en una de las ventanillas del municipio de Guayaquil, pues el edificio de su propiedad ya se encuentra nuevamente registrado a su nombre.
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