Cacaoteros esperan que Europa extienda el plazo para cumplir con la norma sobre deforestación
La Unión Europea evalúa si extiende una vez más la entrada en vigor de la norma que limita el ingreso del cacao de Ecuador y otros países al bloque de 27 países.

Feria de cacao y café en el evento Cacao and Chocolate Summit by Conexión, celebrado en la Universidad de las Américas, en Quito, el 1 de diciembre de 2025. ,
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PRIMICIAS
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El sector cacaotero de Ecuador está a la espera de si se da un nuevo plazo para la entrada en vigor del Reglamento sobre la comercialización de productos libres de deforestación (EUDR) de la Unión Europea, que aplica también para productos como café, aceite de palma y madera.
Por ahora, está previsto que la exigente norma entre en vigencia el 30 de diciembre de 2025 para grandes empresas y en julio de 2026 para micros, pequeñas y medianas (mipymes) empresas que comercializan, distribuyen y exportan productos hacia el bloque de 27 países.
Sin embargo, la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y una tercera instancia debaten una posible nueva extensión. Se espera que hasta el 8 de diciembre de 2025, la Comisión informe si se extiende por un año más la entrada en vigencia de la normativa y si hay algún cambio sobre su alcance.
Así lo informó Sandra Carrera, representante del International Trade Center (ITC), en una breve entrevista a PRIMICIAS, este 1 de diciembre, durante el evento 'Cacao and Chocolate Summit by Conexión', que se celebra hasta el 3 de diciembre en la Universidad de las Américas (UDLA), en Quito.
En principio, la norma tenía que ser cumplida por todos los países desde enero de 2025. Y para micro y pequeñas empresas a partir del 30 de junio de 2025. Pero, la Comisión revisó la medida en octubre de 2024 y otorgó una primera extensión hasta el 30 de diciembre de 2025, para grandes, y julio de 2026, para mipymes.
¿Qué debe cumplir Ecuador?
Aunque Ecuador fue excluido en mayo de 2025 de la categoría de 'alto riesgo' de la Comisión Europea, por producción asociada a deforestación, igual debe cumplir con las exigencias del Reglamento 1115 de la Comisión Europea para poder exportar cacao y otros productos.
Ecuador es considerado por la Comisión como un país de riesgo medio, lo que implica que el 3% de los importadores europeos que adquieran productos de Ecuador tendrán controles especiales, una vez que entre en vigor la medida.
Las exigencias del Reglamento 1115, se resumen en tres aspectos:
- Certificar que los productos están libres de deforestación.
- Cumplir con las normas ambientales del país de origen.
- Presentar declaraciones de debida diligencia, que incluyen análisis y evaluación de riesgos ambientales y sociales en la cadena de suministro.
Precisamente, sobre las declaraciones de debida diligencia, la representante del ITC señaló que la Unión Europea también evalúa si es posible limitar exigencia solo al proveedor directo, es decir, al exportador.
La Asociación Nacional de Exportadores de Cacao (Anecacao) ha señalado que la decisión de la Comisión Europea de ubicar a Ecuador dentro de la categoría de riesgo estándar es "desacertada" y evidencia "la falta de un análisis contextual profundo de las realidades productivas, ambientales e institucionales de los países evaluados".
Uno de los desafíos más importantes para el cumplimiento de la norma europea es lograr la trazabilidad de la producción del grano. Sin embargo, el 84% de los productores de cacao ecuatorianos son pequeños, lo que dificulta este objetivo.
Con el alza de los precios, el cacao se ha posicionado en 2025 como el segundo producto no petrolero de exportación de Ecuador, luego del camarón. Europa es el tercer mercado para las exportaciones de cacao de Ecuador, con una participación de 27%.
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