Credicasa: Estos son los requisitos para acceder al préstamo Vivienda Premier del Biess con tasa de 2,99%
La entrega del préstamo hipotecario Vivienda Premier del Biess está condicionada a inmuebles valorados hasta en USD 55.049. Estos son los requisitos para acceder al plan Credicasa, vigente desde este 27 de enero de 2026.

Fotografía referencial de un estand del Banco del Instituto Ecuatoriano del Seguridad Social (Biess) en una feria de proyectos inmobiliarios en Quito.
- Foto
Biess
Autor:
Actualizada:
Compartir:
La tasa de interés del préstamo hipotecario Vivienda Premier del Banco del Instituto Ecuatoriano e Seguridad Social (Biess) fue disminuida de 4,99% a 2,99% desde este 27 de enero de 2026.
Este préstamo, que forma parte del Plan Credicasa, tiene la intención de "beneficiar a afiliados, jubilados y sus familias que buscan financiar la compra de su primera vivienda propia nueva", según indica el Biess.
Además, el Biess sostuvo que la reducción de la tasa de interés al 2,99% también permitiría "dinamizar la economía nacional, en especial el sector de la construcción y sus encadenamientos productivos".
¿Para qué viviendas aplica?
El préstamo de Vivienda Premier brinda un financiamiento de hasta USD 50.000 para hogares que tengan un valor comercial hasta USD 55.049,22.
La vivienda debe ser nueva, de primer uso y contar con más de una habitación
En el caso de viviendas con avalúo igual o menor a USD 50.000, el financiamiento puede ser de hasta el 100%.
Este tipo de crédito tiene un plazo máximo de 25 años.
¿Quiénes pueden aplicar?
Afiliados bajo relación de dependencia
- Que cuentan un un mínimo de 36 aportaciones, de las cuales las 13 últimas deben ser consecutivas.
Afiliados voluntarios
- Con con 35 aportaciones consecutivas.
Jubilados
- Que cuentan con pensión jubilar vigente.
Afiliados con discapacidad
- Que tengan un mínimo de 18 aportaciones en total.
Hogares con ingresos familiares de hasta USD 1.527,94 mensuales.
Requisitos de precalificación
Para afiliados
- No tener dividendos pendientes de pago con el IESS o Biess, en cualquiera de sus productos crediticios.
- Si es representante legal de una empresa no debe tener obligaciones pendientes.
- Estar dentro del límite de edad requerido (hasta 77 años).
- Su empleador actual no debe pertenecer a la Zafra (cosecha de caña).
- Su empleador actual no debe pertenecer al Seguro Social Campesino.
- No tener un préstamo hipotecario vigente adquirido bajo la modalidad de compra o redescuento de cartera con el IESS o Biess.
- No tener en trámite ninguna solicitud para cualquier tipo de préstamo hipotecario con el Biess.
- No tener en curso una Línea de Crédito para Construcción de Vivienda y/o inactiva la tabla de amortización del préstamo hipotecario concedido.
- No tener valores pendientes de pago por concepto de gastos de instrumentación en solicitudes anuladas de Préstamo Hipotecario con el Biess.
- No estar registrado en la base de datos del IESS con una enfermedad degenerativa.
- Aprobar la calificación crediticia del Biess.
Para jubilados
- El pensionista de vejez o jubilado debe encontrarse en goce de pensión otorgada por el IESS.
- Para no considerar mora, en caso de ser empleador las planillas de aportación al Seguro Social deberán estar canceladas hasta el 15 de abril.
- Existencia de Préstamos Quirografarios vigentes con el IESS concedidos a través del Sistema Antiguo del IESS.
- Existencia de Préstamos Quirografarios vigentes con el IESS concedidos a través de Historia Laboral o con el Biess.
- No estar registrado en la base de datos del IESS con una enfermedad degenerativa.
- Aprobar la calificación crediticia del Biess.
Compartir:






