La Ley de Eficacia del Gasto de prefecturas y municipios suma tres demandas de inconstitucionalidad
La última Ley urgente del Gobierno, aprobada por la Asamblea, obliga a los Gobiernos Autónomos Descentralizados a invertir el 70 % de sus recursos en obras públicas y servicios básicos.

El movimiento Unidad Popular, entregó una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley urgente que reformó el Cootad, en la Corte Constitucional, en Quito, el 25 de febrero de 2026.
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API / Rolando Enríquez
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Al igual que con todas las leyes económicas urgentes del presidente Daniel Noboa, la de Sostenibilidad y Eficacia del Gasto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados empieza a sumar demandas de inconstitucionalidad.
Hasta la Corte Constitucional (CC) han llegado tres quejas sobre la normativa aprobada por la Asamblea Nacional y vigente desde su publicación, el 21 de febrero. Esta Ley reformó el Código de Organizamiento Territorial (Cootad) y fijó límites al uso de recursos de las prefecturas y municipios.
La Ley Eficacia del Gasto establece como regla para la entrega de recursos la obligación de los gobiernos autónomos descentralizados (GADs) de asignar, al menos, el 70 % del presupuesto anual a gasto de inversión, mantenimiento y reposición de infraestructura, bienes y activos públicos para la prestación de servicios básicos’.
La criticada propuesta del oficialismo establece sanciones por incumplimientos y obliga los GADs a presentar un reporte trimestral de sus gastos, de lo contrario el Gobierno tiene la facultad de aplicar las reducciones económicas ya señaladas en la Constitución, de entre el 30 % y 50 % del presupuesto institucional.
Lo único que puede frenar estas reformas ahora es un pronunciamiento de los jueces constitucionales, como sucedió en septiembre de 2025 con las leyes de Integridad Pública y Solidaridad Nacional, que fueron dadas de baja por no cumplir con los requisitos legales para su trámite y aprobación en la Asamblea. O, en el largo plazo, una reforma dentro del mismo Legislativo, aunque sin la mayoría necesaria para controlar el trámite y aprobación de normas es un camino inviable.
Por ello, hasta el 25 de febrero, a la Corte habían llegado tres acciones de inconstitucionalidad:
- Del concejal de Quito, Andrés Campaña.
- De la Confederación Unitaria de Comerciantes Minoristas y Trabajadores Autónomos del Ecuador (Cucomitae), la Federación de Barrios de Quito, la Unión Nacional de Educadores (UNE) y la UNE núcleo de Pichincha.
- De ocho miembros del movimiento Unidad Popular.
Los tres procesos demandan la inconstitucionalidad de la Ley de Eficacia del Gasto por la forma en la que fue aprobada y por su contenido. Y a ellos se sumará la de la Prefectura de Pichincha, después del pedido del Consejo Provincial de impulsar también esta medida contra la Ley.
Por ejemplo, los demandantes coinciden en sus argumentos generales: la temática propuesta por el Ejecutivo no califica como económica ni urgente, por lo que no debía aprobarse en menos de 30 días, y que su contenido contradice la Constitución sobre las competencias de los GADs y sus asignaciones presupuestarias. Además, todos piden que la Corte dicte medidas cautelares que frenen la aplicación de la norma hasta que exista un dictamen definitivo.
Sin embargo, desde la campaña de presión que lanzó el oficialismo contra los jueces constitucionales en agosto de 2025 y la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de Solidaridad Nacional e Integridad Pública, los pronunciamientos sobre las leyes urgentes del Ejecutivo han empezado a demorarse.
Es lo que ha pasado con las 30 demandas de inconstitucionalidad que esperan dictámenes sobre las leyes de Inteligencia, de Áreas Protegidas, de Transparencia Social y de Sostenibilidad Fiscal.
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