Pasa a segundo debate la Ley que incentiva donaciones para Fuerzas Armadas a cambio de rebaja tributaria
La sexta reforma económica urgente del Presidente Noboa irá al Pleno para su debate final. Plantea incentivos tributarios a quienes hagan donaciones a las Fuerzas Armadas.

Foto referencial de las Fuerzas Armadas, el 18 de octubre de 2025, en Cañar.
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Fuerzas Armadas (Red X)
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Con cambios más de forma que de fondo, la Comisión de Desarrollo Económico aprobó el 18 de octubre de 2025 el informe para segundo debate de la ley económica urgente sobre Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
El documento contiene cuatro artículos, una disposición transitoria, una reformatoria, dos disposiciones generales y dos derogatorias y una final.
El informe mantiene las propuestas originales incluidas por el presidente Daniel Noboa en el proyecto enviado el 1 de octubre de 2025.
El eje central es la reducción del Impuesto a la Renta equivalente al monto de la donación con un límite de hasta el 30% para contribuyentes nacionales.
Estas donaciones podrán provenir de contribuyentes organismos, gobiernos o entidades internacionales.
Aunque en la comisión se discutió bastante qué incentivos se entregaría a esas entidades internacionales, el proyecto de ley no estableció un mecanismo definido.
Solo dice que las donaciones realizadas por organismos, gobiernos o entidades internacionales estarán sujetas a la existencia de acuerdos o convenios de cooperación internacional y a lo establecido en el reglamento general de la presente ley.
Las donaciones pueden ser de bienes muebles o inmuebles, equipamientos, suministros nuevos en condiciones óptimas para su uso. Estos serán destinados a la protección interna, el mantenimiento del orden público, de la seguridad ciudadana, la defensa nacional y la seguridad integral del Estado, señala el informe.
Este articulado fue parte de la Ley de Integridad Pública, que fue declarada inconstitucional por la Corte Constitucional (CC).
¿Por qué se vuelve a incluir en una reforma? La misma Corte Constitucional admitió que la gran mayoría de disposiciones originales de la Ley de Solidaridad sí guardaban una coherencia temática jurídica, para delimitar una situación de conflicto armado interno y las medidas financieras, tributarias y de seguridad a ejecutar.
El problema fue que el oficialismo en la Asamblea introdujo disposiciones que no tenían conexión y violaron el principio de unidad de materia. Por ejemplo, colaron reformas que iban desde la creación de sociedades anónimas deportivas, prohibiciones para las sociedades por acciones simplificadas y hasta una visa de transeúntes.
Por eso, una vez declarada la inconstitucionalidad de la Ley, esto eliminó todo su contenido y también desapareció la ya regulada posibilidad de que los contribuyentes realicen donaciones a las fuerzas públicas, a cambio de una rebaja del impuesto a la renta de ese año.
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