El presidente Daniel Noboa modifica el Reglamento General de la Ley de Minería
En el último día de 2025, el presidente Daniel Noboa emitió un decreto por el cual modifica el Reglamento General de la Ley de Minería de Ecuador.

Actividades de perforación en el proyecto Mompiche, concesionado a la empresa Gran Nacional Minera.
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GNM
Autor:
Redacción Primicias
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En el último día de 2025, el presidente de la República, Daniel Noboa, emitió el decreto 273 por el cual modifica el Reglamento General de la Ley de Minería de Ecuador. El objetivo principal es optimizar la regulación, el control y los procedimientos administrativos de las etapas de la actividad minera en el país.
Estos son los puntos claves del Decreto 273, que puede descargarse por completo aquí:
Fortalecimiento del Control y Transparencia
- Control Estadístico: Se faculta a las autoridades para llevar un control estadístico estricto de la producción y comercialización de productos mineros.
- Catastro Minero: La Agencia de Regulación y Control Minero debe garantizar que la información reportada en el catastro sea veraz y esté actualizada.
- Registro Minero: Se establecen plazos claros para la inscripción de contratos (cesión, transferencia, garantías y demás) y se prevén sanciones administrativas para los registradores que incumplan sus funciones sin justificación.
Sujetos de Derechos y Obligaciones Tributarias
- Requisitos de los Titulares: Pueden ser sujetos de derechos mineros personas naturales capaces, entidades de la economía popular y solidaria, y personas jurídicas (nacionales o extranjeras) que cumplan con la ley.
- Cumplimiento Fiscal: Es obligatorio estar inscrito en el RUC con actividades mineras y presentar el certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias emitido por el SRI para ejercer derechos mineros.
Etapas del Proyecto Minero
- Definición de Proyecto: Se define como el área de concesiones contiguas destinadas a la valoración y explotación de un yacimiento, con un límite de 5.000 hectáreas en fase de explotación.
- Exploración Inicial: Comprende actividades de recolección de muestras y sondeos con un plazo máximo de cuatro años.
- Actos Administrativos Previos: Una vez otorgada la concesión, el titular tiene 60 días para iniciar los trámites de permisos ambientales y de agua. El incumplimiento de estos plazos puede resultar en que el periodo de exploración se contabilice automáticamente.
Transición a "exploración avanzada". Para pasar de la etapa inicial a la avanzada, el titular debe:
- Solicitar el cambio al menos 60 días antes del vencimiento del periodo inicial.
- Presentar un Informe Final de Exploración Inicial debidamente auditado.
- Demostrar el cumplimiento de las inversiones mínimas y comprometidas.
- Requisito Ambiental: Antes de iniciar la exploración avanzada, es indispensable contar con la autorización ambiental correspondiente.
Régimen de Regalías
- El decreto reitera que el Estado es dueño de los recursos y debe participar en los beneficios en un monto no menor a los de la empresa explotadora. Las regalías se calculan como un porcentaje sobre las ventas (entre el 3% y el 8%) y se pagan semestralmente.
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