Proyecto de ley plantea sustituir la licencia ambiental por una autorización para proyectos mineros
El proyecto de reforma a la ley de minería, presentado este 28 de enero, simplifica los trámites de la etapa de exploración en los proyectos mineros y amplía el tiempo de duración de esta etapa.

Momentos de la marcha por el agua y en contra del proyecto Loma Larga en el centro de Cuenca, el 16 de septiembre de 2025.
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Boris Romoleroux/API
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El presidente de la República, Daniel Noboa, presentó ante la Asamblea Nacional este 28 de enero el Proyecto de Ley para el fortalecimiento de los sectores estratégicos de minería y energía, calificado como económico urgente.
Una de las reformas fundamentales a la Ley de Minería, vigente desde 2009, es la sustitución de la "licencia ambiental" por una "autorización ambiental" que deberá otorgar el Ministerio de Ambiente, para la ejecución de actividades mineras, de conformidad con el régimen y la fase del proyecto.
Según el proyecto, la reforma propuesta al artículo 26 de la Ley de Minería se fundamenta en la "necesidad urgente de agilizar los procedimientos administrativos previos a la ejecución de actividades mineras".
Adicionalmente, dice que "elimina cuellos de botella regulatorios que actualmente retrasan la inversión, incrementan los costos de transacción y postergan la generación de ingresos fiscales, en un contexto de restricción presupuestaria y brecha fiscal del Estado".
De acuerdo con la justificación económica de la ley, "la exigencia de instrumentos ambientales de alta complejidad para la etapa de exploración constituye un obstáculo desproporcionado, que genera demoras injustificadas, duplicidad de trámites y altos costos regulatorios".
El proyecto asegura que la sustitución de la licencia ambiental por una autorización ambiental "no implica una reducción de los estándares de protección ambiental, sino una adecuación técnica del control administrativo al nivel real de riesgo".
Simplificación de la etapa de exploración
Por otro lado, la propuesta legal plantea simplifica los trámites en la etapa de exploración, para la cual se otorgaría un plazo total de 15 años.
Actualmente, esta etapa se divide en inicial (por cuatro años), avanzada (cuatro años) y el período de evaluación económica (dos años, con posibilidad de extensión a dos años más). Aunque se mantendrían esas fases, el titular minero ya no requeriría de una autorización previa para cambiar de una a otra.
"La transición entre subfases se producirá por el transcurso del tiempo y el cumplimiento del plazo establecido para cada una, sin necesidad de autorización previa, debiendo cumplirse, durante esta fase de exploración, los parámetros técnicos y ambientales aplicables, conforme a la normativa vigente", explica el proyecto.
Para la exploración inicial se concedería una duración de hasta cuatro años. Mientras tanto, la exploración avanzada y evaluación económica tendrían una duración conjunta de hasta once años.
El proyecto justifica que "la exigencia de autorizaciones sucesivas, que no responden a variaciones sustanciales en el nivel de riesgo, introduce interrupciones administrativas que afectan la planificación técnica y financiera de los proyectos".
Y recalca que estos cambios permitirán "optimizar recursos institucionales y acelerar el tránsito hacia fases productivas, sin menoscabo del control estatal ni de la protección ambiental".
Clústeres mineros y áreas con protección
El proyecto también plantea la implementación de 'Clústeres Mineros Integrales', que consistirían en áreas territoriales delimitadas en las que se concentren y operen infraestructura y servicios para proyectos mineros y sus encadenamientos productivos.
Con ello, se busca promover la inversión, asegurar la continuidad operativa, la trazabilidad y el control de la actividad minera. La zona del clúster será declarada por el Ministerio de Ambiente y Energía.
Además, propone declarar ciertas zonas donde se desarrolla minería de manera legal como 'áreas mineras con protección de seguridad estratégica', en las que las Fuerzas Armadas brindarán apoyo permanente o temporal para proteger al personal y las instalaciones, y prevenir la minería ilegal.
Minería artesanal solo por 10 años
Según el proyecto de reforma, la minería artesanal solo podrá desarrollarse por un lapso de 10 años, sin prórroga. Ese plazo contará desde el momento de la inscripción de la actividad minera ante el Ministerio de Ambiente. Actualmente, los permisos se otorgan por 10 años, pero pueden ser renovables por el mismo plazo.
"Vencido dicho plazo, los permisos se extinguirán; sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones ambientales y tributarias por parte del titular", dice el documento. Además, el área extinta no podrá ser otorgada para actividades de minería artesanal.
En caso de que el titular decida dar continuidad a las actividades mineras, deberá acogerse al régimen especial de pequeña minería, señala el proyecto.
También indica que el titular del permiso de minería artesanal deberá presentar ante el Ministerio de Ambiente, hasta el 31 de marzo de cada año, el reporte de producción, conforme a las guías técnicas que elabore la Agencia de Regulación y Control Minero.
Como última reforma a la Ley de Minería, plantea que el Ministerio de Ambiente actualice catálogo de proyectos, obras o actividades vinculadas a la fase de exploración minera y actividad minera en un plazo más de tres meses, una vez que entre en vigencia la ley.
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