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Economía

Gobierno de Ecuador presenta proyecto de ley energética donde define cómo será la delegación de proyectos al sector privado

El nuevo proyecto de ley, presentado el 28 de enero de 2026, establece los criterios bajos los cuales el Estado podrá hacer delegaciones excepcionales de proyectos de generación eléctrica.

La central eólica Villonaco es uno de los proyectos que la Celec seleccionó para lograr alianzas estratégicas.

La central eólica Villonaco es uno de los proyectos que la Celec seleccionó para lograr alianzas estratégicas.

- Foto

Ministerio de Energía

Autor:

Evelyn Tapia

Actualizada:

28 ene 2026 - 17:25

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El gobierno del presidente Daniel Noboa propone un nuevo proyecto de ley para el sector eléctrico. Esta es la tercera vez que el Ejecutivo presenta un proyecto de ley en materia de electricidad.

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Se trata del nuevo Proyecto de Ley Orgánica para el Fortalecimiento de los Sectores Estratégicos de Minería y Energía, presentado por el Gobierno de Ecuador a la Asamblea el 28 de enero de 2026, con carácter económico urgente.

Respuesta al último fallo de la Corte Constitucional

El Presidente Noboa presenta esta reforma para el sector eléctrico, en parte, como respuesta al fallo de  la Corte Constitucional, que declaró inconstitucional el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica (Lospee), el 11 de diciembre de 2025. 

La norma permitía concesionar servicios eléctricos al sector privado por razones generales de “interés público”.  La Corte la declaró inconstitucional al considerar que era demasiado amplia y no delimitaba con claridad las excepciones para las concesiones.

A través de un mensaje en su su red social X, el presidente Daniel Noboa rechazó el fallo de la Corte Constitucional, al que calificó como un “cálculo político”.

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Por eso, casi un mes y medio después, Noboa plantea este proyecto de ley, con una nueva reforma al artículo 25 de la Lospee, además de otros cambios para afrontar el déficit de generación eléctrica del país.

Según el Gobierno, la reforma habilitará "esquemas excepcionales de concesión y delegación de proyectos de generación eléctrica que integran financiamiento, construcción, operación y mantenimiento, trasladando riesgos al operador privado". 

Y añade que con estos cambios se generan ahorros cercanos USD 100 millones por proyecto concesionado "preservando liquidez pública y evitando nueva deuda".

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¿Qué cambiará con la delegación de proyectos a privados?

 En la reforma al artículo 25, el proyecto de Ley establece que el Estado podrá delegar de forma excepcional  la participación en las actividades del servicio público de energía eléctrica y del servicio de alumbrado público general, mediante procesos públicos de selección.

La delegación podrá ser a empresas privadas, estatales extranjeras y a empresas de economía popular y solidaria.

Además, aclara en qué casos podrán darse estas delegaciones excepcionales, en el caso de los proyectos que estén dentro del Plan Maestro de Electricidad (PME):

1. Cuando el Ministerio de Energía identifique retrasos superiores a dos años en el cumplimiento del Plan Maestro de Electricidad. 

O, también, cuando el Operador Nacional de Electricidad (Cenace) identifique condiciones de déficit energético, riesgo de racionamiento, colapso operativo, pérdida de reserva o vulneración de criterios de seguridad y confiabilidad del sistema eléctrico nacional o en sistemas aislados e insulares.

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2.  Cuando, por razones técnicas o económicas, el servicio no pueda ser proporcionado por empresas públicas o mixtas de acuerdo con los requerimientos de expansión y operación del sistema eléctrico, con un informe motivado del ente rector.

 3. Cuando se haya declarado emergencia del sector eléctrico por parte del ente rector, debidamente sustentada en informes técnicos del Cenace o de la agencia de regulación y control competente.   

4. Cuando la participación de las empresas privadas, empresas estatales extranjeras y de economía popular y solidaria permita obtener condiciones económicas, financieras o de gestión de riesgos justificadamente más favorables que las que el Estado pueda alcanzar con sus propios recursos.  

Delegaciones durarán hasta 30 años

El proyecto de ley establece también que estas delegaciones excepcionales deberán sustentarse en estudios técnicos, económicos y jurídicos que demuestren "de manera objetiva y verificable la concurrencia de las circunstancias excepcionales invocadas".

Y aclara que, en todos los casos de delegación, el Estado mantendrá la rectoría, planificación, regulación, control y fiscalización del sector eléctrico.

El texto del proyecto también aclara que la delegación no implicará la transferencia de la titularidad del servicio público ni la renuncia a las facultades de rectoría, regulación y control por parte del Estado. 

Además, el Gobierno propone que el Ministerio de Energía, mediante informes técnicos, establezca anualmente y de manera progresiva el límite de ingreso de proyectos de generación eléctrica para delegación. 

Dicho límite se fijará en megavatios (MW) de potencia, por tecnología, en función de la disponibilidad, capacidad y condiciones operativas del sistema.

Además, los contratos de concesión, según su tecnología, tendrán un plazo máximo de hasta 30 años, contados desde la fecha de inicio de la operación comercial, dice el proyecto de ley.

Y añade que el plazo podrá renegociarse por una sola vez, de manera excepcional, previa motivación y justificación técnica, económica y jurídica emitida por el Estado ecuatoriano, conforme a la normativa aplicable.   

Cambios para la autogeneración

El proyecto quiere impulsar también una mayor autogeneración del sector privado, en un momento en el que el país tiene un déficit de generación de alrededor de 866 megavatios de potencia y Colombia dejó de vender energía, por la guerra comercial que comenzó el 21 de enero de 2026.

El proyecto crea la figura del  Distrito Autónomo Energético (DAE), que se refiere a una empresa que podrá tener un título habilitante que le faculte a ser propietaria de una red eléctrica, que cuente con generación propia local o remota para su abastecimiento, "pudiendo de manera excepcional producir excedentes de generación que pueden ser puestos a disposición del sistema eléctrico nacional".

La empresa puede ser de capital público, privado, mixta o de la economía popular y solidaria.

El proyecto también declara que la actividad de autogeneración y la venta de estos excedentes al Estado se regulará mediante los criterios que fijará Agencia de Regulación y Control (Arconel).

Además, se permitirá a los consumidores instalar sistemas de generación para su propio consumo, contratando a terceros para la instalación y operación.

Reducción de costos de generación

El Gobierno además propone que el Cenace despache primero la energía de las plantas de generación cuyos costos de producción sean más bajos. 

Además, se propone priorizar el despacho en dos casos:  

1. Cuando sea generación renovable no convencional de hasta 10 MW (solar o eólica).

2. Cuando sea despacho mínimo de un porcentaje de la capacidad efectiva de las centrales de generación que usen energías de transición. El porcentaje de capacidad efectiva mínima a despachar se definirá en el reglamento a la Ley.

  • #Proyecto de ley
  • #Energía
  • #Cortes de luz
  • #crisis eléctrica
  • #Daniel Noboa

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