En sus Marcas Listos Fuego
Carpintería COIP – Los testigos

PhD en Derecho Penal; máster en Creación Literaria; máster en Argumentación Jurídica. Abogado litigante, escritor y catedrático universitario.
Actualizada:
¿Ya se cansaron de la impunidad? ¿Ya no soportan la lentitud del sistema procesal penal ecuatoriano? ¿Ven a culpables transitar libres y sienten vergüenza de su país?
Pues les traigo buenas noticias. A partir de hoy, por algunas semanas, les traeré propuestas de carpintería al COIP, pues sólo hace falta apretar algunos tornillos, cortar un poco por aquí y un poco por allá, y listo, podemos tener un sistema procesal más eficiente y eficaz.
Empecemos hablando de los testigos, con un curioso dato que los va a desmayar. ¿Listos?
Los testigos son un medio de prueba clave y fundamental para probar la comisión de un delito. Pero ¿qué creen? Resulta que en Ecuador los testigos no están obligados a declarar y, si no declaran, pasa: nada.
Pues sí. En Ecuador llevar a los testigos a declarar es “obligación de los sujetos procesales”, es decir, si a su pariente lo asesinaron y A, B y C vieron como lo mataban, usted deberá pedir de por favorcito a A, B y C que vayan a testificar.
¿Y si no van? ¿Y si no quieren ir? Pues sólo por una ocasión (una y no más) usted puede pedir que la audiencia se suspenda por máximo 10 días. ¿Y si después de los 10 días no les da la gana de ir? Pues jodido, no hay prueba y, por lo tanto, el asesino sale libre.
Esto es una locura. Inaudito. Sí, y más en un país donde los testigos, después de presenciar un crimen, cierran las puertas y cortinas y dicen “yo no vi nada” porque “no quieren involucrarse”. Tierra de mojigatos y cobardes.
Pero esto se soluciona. Se soluciona reformando el COIP. Así que asambleístas, lean bien lo que viene a continuación.
Al Art. 612 del COIP se lo debe reformar agregando el siguiente texto: “los testigos que han sido notificados al correo electrónico aportado en sus versiones o en sus informes previos, estarán obligados a comparecer en el día y hora señalado para la audiencia de juzgamiento. En caso de no asistir, se dispondrá su comparecencia con el auxilio de la fuerza pública y se oficiará a Fiscalía para que se inicie una investigación por el delito de obstrucción a la justicia”.
Y, a la par, se debe reformar el artículo de la obstrucción a la justicia, el 270.1 y agregar un 4to numeral que diga: “no acudir a rendir testimonio en el día y hora para el cual fue notificado.” Y… ¡a la reja! Siete añitos a pasar frío.
Algunos dirán que soy draconiano, que enviar a la cárcel a alguien por no rendir testimonio es excesivo, que soy un monstruo punitivista.
Pero yo les voy a decir qué es draconiano.
Draconiano es vivir en un país donde colaborar con la justicia es un acto de burla.
Draconiano es vivir en un país donde probar un delito resulta casi imposible.
Draconiano es ser de una patria donde boicotear un juicio sale gratis.
Draconiano es transitar por un terruño donde la verdad es opcional.
Draconiano es ser abogado en esta polvareda donde los peritos cotizan su comparecencia a juicio.
Yo no quiero vivir en ese país. Yo quiero vivir en un país donde los ciudadanos entendamos que tenemos la responsabilidad ciudadana de colaborar con la verdad y la justicia, y donde quien apuñala al sistema paga las consecuencias.
Eliminar el caldo de cultivo para la impunidad solo es cuestión de pequeñas obras de carpintería procesal y, a partir de hoy, les entregaré unas cuantas columnas con propuestas como estas.
Solo es cuestión de agregar un par de líneas a esos artículos y listo: testigos garantizados en el juicio.
Fin.