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Política

Referendo | Noboa propone destituir a los jueces de la Corte Constitucional con los votos de la mitad más uno de los asambleístas

Según el anexo de la pregunta 4 del referendo propuesto por el presidente Daniel Noboa, los jueces de la Corte Constitucional (CC) podrían ser destituidos con 77 votos, mayoría que actualmente tiene la organización política del Mandatario.

Fachada del edificio de la Corte Constitucional, el martes 12 de agosto de 2025, en Quito.

Fachada del edificio de la Corte Constitucional, el martes 12 de agosto de 2025, en Quito.

- Foto

Andrés Salazar / PRIMICIAS

Autor:

Mario Alexis González

Actualizada:

14 ago 2025 - 13:15

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Nueve días después del anuncio, el presidente Daniel Noboa concretó su intención de convocar a un nuevo proceso de consulta popular y referendo. La tarde del 13 de agosto de 2025, el Primer Mandatario envió a la Corte Constitucional (CC) cuatro preguntas para reformar la Constitución.

La pregunta más polémica del paquete es la cuarta, con la que Noboa busca que los nueve jueces de la CC sean sujetos de juicio político y puedan ser censurados y destituidos por la Asamblea Nacional.

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Cuarta pregunta del referendo propuesto por Daniel Noboa.PRIMICIAS

Tal como lo había adelantado, Noboa busca que este cambio en la Constitución se haga vía enmienda, que es un proceso más expedito: el Presidente de la República plantea el cambio, la Corte  revisa su constitucionalidad y, finalmente, se envía la pregunta al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que organice las votaciones.

El Mandatario argumenta que la enmienda es la vía adecuada porque no se trata de un cambio que amerite una nueva Constitución ni modifica los aspectos fundamentales de la actual norma. 

Sin embargo, expertos en derecho han opinado que esta propuesta debería ser tramitada a través de una reforma parcial, es decir con un tratamiento que incluya a la Corte, la Asamblea Nacional y, finalmente, la votación en las urnas. Lo que llevaría más tiempo y complicaría la intención de Noboa de que el referendo sea en diciembre de 2025.

El camino que esta reforma constitucional debe seguir deberá decidirlo la Corte en el dictamen de admisibilidad, que estará a cargo de la jueza Claudia Salgado y que deberá ser votado por los nueve magistrados.

El único antecedente que hay en este tema es que en febrero de 2009, un grupo de ciudadanos solicitó a la CC una interpretación del artículo 431 de la Constitución, que es el que prohíbe que los jueces de ese organismo sean objeto de juicio político. La CC se pronunció expresando que no había nada que interpretar, ya que no había ninguna duda al respecto.

77 votos para la destitución

Según el anexo enviado por Noboa a la Corte Constitucional, Noboa plantea cuatro cambios en la Constitución y una disposición transitoria para que la Asamblea, en 90 días desde la eventual aprobación, reforme las leyes necesarias para aplicar estos cambios.

Esta es la reforma planteada por Noboa:

En primer lugar, el Mandatario busca incluir —en el artículo 131 de la Constitución— a los jueces de la CC como sujetos de juicio político. Y explica que en el caso de los magistrados, la causal se configurará cuando haya violación flagrante y reiterada de sus deberes. Pero que no será causa del juicio una "mera discrepancia" respecto a las sentencias.

Pero, Noboa no plantea ningún cambio en el segundo inciso de ese artículo, que determina el número de votos necesarios para censurar y destituir a alguna autoridad, vía juicio político. La norma actualmente establece que se requiere mayoría absoluta, es decir, la mitad más uno de los legisladores.

Ese inciso solo hace una excepción para los ministros de Estado, los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura (CJ), para los que se necesita una mayoría calificada (dos terceras partes del Pleno) para una destitución. Pero, no se incluyó a la CC en esa salvedad.

Actualmente, la Asamblea Nacional tiene 151 legisladores. Por lo que, la mayoría absoluta necesaria para censurar y destituir a un juez constitucional sería de 77 votos y no de 101 votos, como en el caso de ministros, autoridades electorales y judiciales.

En el actual período, Acción Democrática Nacional (ADN), la organización política de Noboa, tiene más de los 77 votos que configuran una mayoría absoluta. 

Con esa mayoría, el oficialismo ha aprobado varias leyes económicas urgentes, que son el origen de la disputa del Ejecutivo con la CC. Pero, por otro lado, ADN no tiene 101 votos, lo que le impidió, por ejemplo, censurar a Solanda Goyes, vocal de la Judicatura.

Sin embargo, en la argumentación de la pregunta, Noboa aclara que esta "no puede estar encaminada a establecer excepciones puntuales que beneficien un proyecto político específico", ya que la propia Constitución establece que ningún servidor público está exento de responsabilidades.

  • #Consulta popular 2025
  • #referendo Ecuador
  • #Corte Constitucional
  • #Asamblea Nacional
  • #juicio político

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