¿Cuándo empieza el silencio electoral por la consulta popular en Ecuador y cuál es la multa por violarlo?
Conozca hasta cuándo los partidos y movimientos pueden hacer campaña por el Sí o el No en la consulta popular y referéndum en Ecuador, previstos para el 16 de noviembre de 2025.

Imagen referencial. Una ciudadana deposita su voto en una urna en un recinto del cantón Sevilla Don Bosco de la provincia de Morona Santiago, en un proceso electoral de agosto de 2025.
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Ecuador se encuentra en un nuevo proceso electoral, el octavo en apenas cinco años. En esta ocasión, los ciudadanos acudirán a las urnas el 16 de noviembre de 2025 para decidir sobre cuatro preguntas en una consulta popular y referéndum.
Este proceso electoral es promovido por el presidente Daniel Noboa, quien finalmente decidió convocar a una consulta popular para que los ecuatorianos se pronuncien si están de acuerdo o no con instalar una Asamblea Constituyente.
Mientras que las otras tres preguntas corresponden a reformas a la Constitución, por lo que se trata de un referendo o referéndum.
Silencio electoral
Entre las fechas clave de la consulta popular y referendo están la campaña y el posterior silencio electoral.
La campaña irá desde el sábado 1 al jueves 13 de noviembre. Por lo que el silencio electoral será desde el viernes 14 de noviembre al domingo 16 de noviembre.
De acuerdo con el artículo 207 del Código de la Democracia, 48 horas antes del día de los comicios y hasta las 17:00 del día del sufragio, rige la siguiente prohibición:
- Se prohíbe la difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas, así como la difusión de publicidad electoral, opiniones o imágenes, en todo tipo de medios de comunicación y medios digitales, que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral así como la realización de mítines, concentraciones o cualquier otro acto o programa de carácter electoral.
- No estará sujeta a esta prohibición la difusión de información en caso de grave conmoción interna, catástrofes naturales u otras situaciones excepcionales autorizadas por el Código de la Democracia.
¿Cuál es la multa?
El incumplimiento del silencio electoral constituye una infracción electoral que se sanciona conforme la Ley. En el Código de la Democracia, hay un apartado específico para los medios de comunicación
Durante el silencio electoral no se puede difundir publicidad con respecto a las votaciones, tampoco divulgar opiniones o imágenes en los medios de comunicación que se puedan considerar incitación al voto.
La restricción se extiende también a los votantes si hacen propaganda dentro de un recinto electoral, pero también fuera de este.
La multa por violar esta disposición es del 50% del Salario Básico Unificado (SBU), es decir, USD 235.
Como parte de la organización del proceso de la consulta popular y el referendo, el CNE calificó a las organizaciones políticas que podrán hacer campaña por el Sí o el No en las preguntas.
Por la opción 'Sí' fueron calificadas cuatro organizaciones sociales y políticas, mientras que por el 'No' hay nueve organizaciones registradas. Además, el CNE aprobó la proyección del fondo para la promoción electoral.
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