Leyes de Integridad Pública y de Solidaridad Nacional son declaradas inconstitucionales por la Corte
La Corte cuestionó la falta de debate y mezcla de materias, por lo que anuló las Leyes de Integridad Pública y de Solidaridad Nacional, que fueron presentadas como urgentes por el presidente Noboa.

Dirigentes de la CEOLS acudieron a entregar una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de Integridad Pública en la Corte Constitucional, el 15 de julio de 2025.
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La Corte Constitucional dictó su sentencia respecto a decenas de demandas en contra de la Ley de Integridad Pública, y la Ley de Solidaridad Nacional, dos de los proyectos urgentes en materia económica impulsados por el presidente Daniel Noboa y que fueron aprobados por la mayoría oficialista en la Asamblea.
La decisión fue notificada este viernes, 26 de septiembre de 2025, siete semanas después de que el organismo admitió a trámite las acciones presentadas por sindicatos, organizaciones sociales y gremios de profesionales.
En la sentencia 51-25-IN/25, la Corte Constitucional declaró inconstitucional la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, al determinar que esta norma mezcló materias económicas, penales y de seguridad, utilizando de forma indebida el procedimiento de urgencia económica, informó el organismo en un comunicado.
Asimismo, en la sentencia 52-25-IN/25, la Corte anuló la Ley Orgánica de Integridad Pública, junto con su reglamento y normas conexas, por violar los principios de unidad de materia, publicidad y deliberación democrática.
"Estas decisiones recuerdan que ninguna ley puede aprobarse con atajos que limiten el debate público o sin una verdadera justificación económica".
Comunicado Corte Constitucional
En el caso de la primera, la Ley de Solidaridad Nacional y su reglamento contenía definiciones para el "conflicto armado interno" declarado por el Gobierno contra las organizaciones criminales, reformas para visas de ciudadanos extranjeros, entre otros.
En una audiencia, liderada por el juez Alí Lozada, los demandantes acusaron al Gobierno de no justificar el conflicto armado interno
Mientras, el juez José Luis Terán fue el encargado de presentar un proyecto de dictamen para resolución del Pleno respecto la Ley de Integridad Pública, después de que el 27 de agosto se realizó la audiencia a la que acudieron delegados del Ejecutivo, la Asamblea y quienes presentaron las demandas.
Esta normativa causó revuelo entre los funcionarios públicos de todo el país, cuyos gremios presentaron más de dos decenas de demandas en su contra, en vista de que contemplaba despidos intempestivos, evaluaciones, entre otras.
Además, la Ley de Integridad terminó incluyendo temas como la polémica emergencia judicial, reformas penales, monetarias, de movilidad humana, de cooperativas y hasta reformas al Código de la Niñez para juzgar como adultos a los menores de edad.
De forma preliminar, el 4 de agosto pasado, la Corte dispuso la suspensión provisional de la disposición transitoria decimoprimera de la Ley Orgánica de Integridad Pública.
El texto suspendido guardaba relación con el plazo de 90 días que tenía la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria para identificar las cooperativas de ahorro y crédito que deben transformarse en bancos, tras una demanda de ese gremio.
Otras normas que enfrentan demandas de inconstitucionalidad son la Ley de Inteligencia y la Ley para el control de fundaciones, por supuestas vulneraciones a derechos.
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