Esta es la pregunta y los motivos para proponer la reducción de asambleístas en el referendo 2025
En el referendo y consulta popular del 16 de noviembre de 2025, la Asamblea Nacional podría quedar reducida a 73 integrantes. La baja calidad legislativa y los costos de operación son los justificativos no oficiales de la propuesta.

Imagen compuesta del Pleno de la Asamblea Nacional que podría sufrir una drástica reducción tras el referendo y consulta popular del 16 de noviembre de 2025.
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PRIMICIAS.
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¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo al último censo nacional?
Esa es la tercera pregunta que encontrarán en la papeleta de votación los 13,9 millones de ecuatorianos habilitados para sufragar en el referendo y consulta popular del domingo 16 de noviembre de 2025.
De imponerse el 'Sí' en esta pregunta, impulsada por el presidente Daniel Noboa, la reducción del número de asambleístas será drástica para el siguiente periodo legislativo, pasando de los actuales 151 a apenas 73: menos de la mitad.
Con ese número, de poco servirán las 14 curules adicionales que se instalaron, en abril de este año, para que se sumen a las 137 existentes desde 2013 en el Salón Plenario de la Asamblea Nacional. Ese aumento operó a partir del más reciente censo que arrojó como resultado un incremento de la población en Ecuador.
En la actualidad el hemiciclo de la Asamblea tiene dos alas: una oriental que en su mayoría es ocupada por la bancada de la Revolución Ciudadana (RC) y una occidental que está copada por el bloque gobiernistas de Acción Democrática Nacional (ADN) y sus aliados
En la mitad se ubican los pocos asambleístas del Partido Social Cristiano (PSC) y Pachakautik que lograron meterse en la actual Asamblea.
De aprobarse la reforma, una sola de estas alas será suficiente para acoger a los 73 parlamentarios electos para el periodo 2029-2033, en el que se aplicarían los resultados del referendo, de no haber otros eventos que aceleren la elección.
Pero no solo es un tema de espacios. La propuesta podría provocar la concentración del poder legislativo en un partido, el más votado. Así demostró una simulación realizada por PRIMICIAS: una Asamblea pequeña, usando el método de asignación de escaños D'Hondt, beneficiaría al partido hegemónico.

Razones para 'guillotinar' la Asamblea
Históricamente, la Función Legislativa es la que tiene las más bajas calificaciones y menores niveles de aceptación entre la ciudadanía, lo que le hace blanco fácil de críticas y, en este caso, de una propuesta de recorte.
En los anexos enviados a la Corte Constitucional (CC) e incluidos en la papeleta de votación se detallan considerados como que el actual mecanismo de elección contiene distorsiones que violentan principios de igualdad ciudadana.
"Por ejemplo, el voto de un ecuatoriano puede llegar a valer hasta 15,4 veces más en una provincia que el de otro", dice la justificación del gobierno.
Además, defiende que la Asamblea es un órgano de carácter nacional y sus miembros están obligados a servir a todo el país, cumpliendo sus funciones con sentido nacional, de conformidad con la Constitución.
Sin embargo, hay dos razones de peso para proponer esta reducción, que no fueron escritas en la propuesta actual, pero que surgieron la primera vez que el presidente Daniel Noboa habló de achicar el tamaño de legislativo, en agosto de 2025.
La primera tiene que ver con el "bajo nivel legislativo" en el que han caído gobiernistas y opositores por igual en este periodo legislativo.
La esperanza es que a menor número, mejor calidad de asambleístas, aunque esto viene atado a los criterios de selección y opciones que presenten las propias organizaciones políticas, más que al tamaño del legislativo.
Otros de los factores que se justificó entonces fue el costo para el Estado de sostener el funcionamiento de la Asamblea con tantos integrantes.
Esto, teniendo en cuenta que cada cada asambleísta percibe una remuneración de USD 4.759 que multiplicado por los 151, el gasto mensual por sueldos es de USD 718.609. Al año, esto representa USD 8,62 millones solo en sueldos.
"La indicada cifra constituye un costo para el Presupuesto, sin considerar otros adicionales como decimotercera y decimocuarta remuneración, bonificaciones, viáticos, ni el gasto asociado asesores y personal de apoyo requerido para el funcionamiento legislativo", decía en agosto el Ejecutivo.
Cambios en la Constitución

Si la pregunta sobre la reducción de asambleístas es aprobada en el referendo y consulta popular del 16 de noviembre, será necesario modificar el artículo 118 de la Constitución por el siguiente:
"La Función Legislativa se ejerce por la Asamblea Nacional, que se integrará por asambleístas elegidos para un periodo de cuatro años. La Asamblea Nacional es unicameral y tendrá su sede en Quito. Excepcionalmente podrá reunirse en cualquier parte del territorio nacional. La Asamblea Nacional se integrará por:
- Diez asambleístas elegidos en circunscripción nacional.
- Un asambleísta elegido por cada provincia, y uno más por cada cuatrocientos mil habitantes, de acuerdo con el último censo nacional de la población.
- La ley determinará la elección de asambleístas de regiones, de distritos metropolitanos, y de la circunscripción del exterior".
Pero además, en el anexo aprobado por la Corte Constitucional se incluye una disposición transitoria que señala:
La Asamblea Nacional en el plazo de 90 días desde la proclamación de los resultados del referéndum constitucional en el Registro Oficial, realizará las reformas legales respectivas para cumplir con esta reforma constitucional.
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