Caso Metástasis: Juez ordena embargo de dos casas de Daniel Salcedo, avaluadas en USD 162.446
Salcedo fue sentenciado a 40 meses de prisión luego de acogerse al procedimiento abreviado y admitir su participación en este caso de corrupción judicial y política y sus vínculos con el narcotráfico.

Daniel Salcedo y su abogado comparecen en la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Naciona, el 17 de julio de 2025.
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A pedido de la Procuraduría General del Estado, el juez Manuel Cabrera dispuso el embargo del 50% de los bienes de Daniel Salcedo Bonilla, dentro del caso Metástasis, que lo condenó a 40 meses de prisión por el delito de delincuencia organizada.
En el caso Metástasis, que reveló un entramado de corrupción judicial y política y sus vínculos con el narcotráfico, Daniel Salcedo se acogió al procedimiento abreviado y admitió haber intervenido ante jueces y funcionarios de la Corte de Justicia de Guayas para conseguir de manera irregular la liberación del narcotraficante Leandro Norero, alias ‘El Patrón’.
En este caso, la Procuraduría General del Estado había solicitado el 23 de diciembre de 2025 que “se disponga el embargo del 50% de los bienes inmuebles que corresponden a Daniel Salcedo Bonilla”.
En un escrito judicial, Jeniffer Benítez, directora nacional de Patrocinio de la Procuraduría, entregó al juez Cabrera los detalles de dos propiedades de Salcedo, ubicadas en la parroquia satélite La Aurora, en Daule, ubicadas en las siguientes direcciones:
- Solar 3 de la manzana 62 del sector 5 de la urbanización Vicolinci.
- Solar y edificación 49 de la manzana 4 de la urbanización Brillante, del conjunto residencial La Joya.
“Solicito que se proceda con el auxilio de la Policía Nacional, con el embargo del 50% de los derechos y acciones que posee el ejecutado Daniel Josué Salcedo Bonilla, sobre los inmuebles detallados”.
Jeniffer Benítez, directora nacional de Patrocinio de la Procuraduría.
Además, la funcionaria solicitó que “para el embargo respectivo se notificará a través de la Policía Nacional a su excónyuge Maybillyne Xiomara G. L., en la dirección donde se ubican los inmuebles, indicando que quedará como depositaria de la cuota embargada, y en caso de que se rehúse se considere un depositario judicial debidamente acreditado”.
Ante esta solicitud, el juez Manuel Cabrera dispuso que se envié un oficio al Registro de la Propiedad respectivo “a fin de que registre el embargo de los derechos de los bienes descritos en cuanto a la cuota de la persona sentenciada”.

El magistrado dictó esta providencia el pasado 14 de enero de 2026 y fijó el plazo de 5 días para que la Policía cumpla con el embargo de los bienes señalados. No obstante, en el proceso judicial no constan todavía los registros judiciales del cumplimiento de la orden del juez.
En su providencia, el juez pidió que la Policía informe con detalles los bienes embargados, fechas, funcionarios que intervienen en la diligencia, el estado de las propiedades, ubicación, extensión y avalúos.
Avalúo de bienes
La Procuraduría presentó los documentos de las propiedades obtenidos del Registro de la Propiedad y del Registro Mercantil de Daule, donde consta que la primera residencia en la urbanización Vicolinci tiene una extensión de 600 metros cuadrados y está valorada en USD 113.628.
En cambio, la segunda propiedad, en la urbanización Brillante, del conjunto residencial La Joya, tiene una extensión de 127 metros cuadrados y su avalúo alcanza los USD 48.818.
Ambos bienes se encuentran a nombre de Salcedo y de su excónyuge, razón por la cual el embargo judicial aplica para la mitad de sus derechos en las propiedades.

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