Sin control ni sanción: conducir bajo los efectos de drogas no tiene castigo en Ecuador
Mientras los siniestros de tránsito, solo en Quito, superan los 3.000 casos en 2025, las autoridades advierten que no existen mecanismos técnicos ni legales para sancionar a quienes conducen bajo los efectos de sustancias sujetas a fiscalización.

Imagen de referencia generada con IA sobre un conductor recibiendo una sanción por parte de un agente de seguridad.
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Una de las principales causas de los accidentes de tránsito en Ecuador sigue siendo la conducción bajo los efectos del alcohol. Pero, en las vías ecuatorianos también se vive un fenómeno que no se puede regular ni controlar: la conducción bajo los efectos de sustancias sujetas a fiscalización, como marihuana, cocaína y otras drogas sintéticas.
Aunque el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y la Ley de Tránsito prohíben esta conducta, el país no cuenta con herramientas para detectar ni sancionar el consumo de drogas en los conductores, como sí ocurre con el alcocheck para el alcohol.
Por ejemplo, en Quito, entre el 1 de enero y el 15 de octubre de 2025, se registraron 3.040 siniestros de tránsito, que dejaron 1.941 personas heridas y 251 fallecidas, según información de la AMT.
Autoridades y expertos consultados por PRIMICIAS coinciden en que muchas de las tragedias están relacionadas con el consumo de sustancias, aunque no siempre se puede comprobar.
Falta de regulación y pruebas técnicas
El coronel Carlos Semblantes, director nacional (s) de Control de Tránsito y Seguridad Vial, dice que los agentes han encontrado casos en los que el conductor no presenta halitosis alcohólica, pero sí signos físicos compatibles con el consumo de drogas.
“En el caso del alcohol tenemos los alcodetectores, los alcocheck. Con las sustancias estupefacientes no hay cómo comprobarlo porque no existen equipos ni protocolos regulados. Necesitamos una medición técnica para demostrarlo en juicio”, explica.
Semblantes afirma que la Policía Nacional está trabajando junto con la Asamblea en reformas legales para incorporar los llamados narcotest, dispositivos que permitirían detectar drogas en operativos de control vial.
“No se trata de sancionar por sancionar, sino de prevenir siniestros. Muchos conductores bajo los efectos de drogas se quedan dormidos, pierden el control y provocan tragedias”.
Coronel Carlos Semblantes
¿Existe cárcel por conducir bajo efectos de la droga?
El artículo 384 del COIP sanciona la conducción bajo el efecto de drogas, con prisión de hasta 30 días. El artículo 385 castiga el estado de embriaguez con penas mayores, y el 376 eleva las sanciones si se causa la muerte de una persona en esas condiciones.
Mientras que la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial también prohíbe conducir si se han consumido sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
Sin embargo, ninguna norma define cómo deben realizarse las pruebas ni qué hacer si el conductor se niega a practicarlas. Este vacío normativo impide que los agentes de tránsito y los miembros de la Policía Nacional actúen con base en evidencia técnica.
Un problema médico y técnico complejo
Desde la academia, Pablo Espinosa, catedrático de Medicina en la UIDE, advierte que el consumo de sustancias estupefacientes produce efectos variables, según el tipo de sustancia, algunos similares al del alcohol, pero su detección es mucho más complicada.
“Las drogas generan cambios en el organismo a nivel de metabolitos. Eso requiere pruebas de sangre, saliva u orina, no basta con soplar un dispositivo. Además, son procedimientos más invasivos y con implicaciones éticas y legales”.
Pablo Espinosa
Espinosa añade que el cuerpo desarrolla tolerancia a estas sustancias, lo que incrementa el consumo y la dependencia.
El catedrático explica, además, que el problema es que muchas drogas alteran la percepción y los reflejos. En ese caso, si una persona conduce en ese estado, el riesgo de accidentes se multiplica.
El presidente de la Fundación Justicia Vial, Guillermo Abad, coincide en que el país enfrenta un vacío normativo. Aunque el COIP sanciona la conducción bajo los efectos de drogas, no existe un procedimiento estandarizado para aplicar las pruebas.
“Se pueden hacer pruebas de laboratorio o físicas, pero para que tengan valor legal deben seguir un protocolo estricto. En los siniestros con heridos se pueden tomar muestras de sangre, pero en operativos rutinarios eso no está normado”.
Guillermo Abad
Además, Abad recuerda que la ley establece sanciones si un conductor se niega a someterse al alcotest, sancionando con el grado más alto, pero no ocurre lo mismo con las drogas, porque no está normado.
El aumento del consumo de drogas en la población y la falta de herramientas de control plantean un escenario preocupante para la seguridad vial. Desde la AMT informaron que, cada fin de semana, se realizan operativos para detectar conductores ebrios, pero los casos asociados al consumo de drogas quedan fuera del radar.
La Policía insiste en que la incorporación de los narcotest y la actualización de la normativa serían pasos fundamentales para frenar una tendencia que, de no atenderse, podría multiplicar las víctimas en las carreteras.
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