Cirujano plástico en Cuenca recibe sentencia máxima y va a la cárcel por abuso sexual
La Fiscalía apeló una sentencia que había declarado inocente al cirujano y obtuvo la pena agravada máxima. El abuso sexual se registró en una cita previa a la intervención de la víctima.

Imagen referencial. Este 22 de mayo de 2025, un cirujano plástico en Cuenca recibió la sentencia máxima por delito de abuso sexual.
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Autor:
Redacción Primicias
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Un cirujano plástico en Cuenca recibió la pena agravada máxima por el delito de abuso sexual contra una paciente. La Fiscalía apeló una primera sentencia que lo había declarado inocente.
En la audiencia de este 22 de mayo de 2025, la Fiscalía obtuvo el fallo condenatorio y el cirujano plástico Cristian Edmundo J. fue sentenciado a seis años y ocho meses de cárcel.
El 21 de febrero de 2022, la joven acudió a una cita médica en un hospital de Cuenca acompañada por su madre, pero el cirujano pidió atenderla a solas, le hizo una evaluación física y registró los datos en una ficha médica.
La fecha de la cirugía fue reprogramada, pero el médico volvió a citarla el 14 de marzo.
Abuso sexual en cita previa
La Fiscalía detalló que ese día, la paciente de 19 años acudió sola al consultorio, el médico insistió en examinarla nuevamente. La joven expresó que no era necesario, ya que existía un registro previo, el médico insistió en que debía verificar el estado de su piel.
Tras pedirle que se retirara parte de su ropa, y aunque ella se negó a quitarse la ropa interior, el médico le indicó que se recostara boca abajo en la camilla, comenzó a masajear su cuerpo, le hizo preguntas inapropiadas y abusó sexualmente de ella.
La víctima salió del lugar y llamó a su madre y a una amiga para contarles lo ocurrido. Posteriormente, la madre reportó el hecho a la Policía, que detuvo al médico minutos después.
Sentencia por abuso sexual agravado
La Fiscalía presentó las pruebas y además de la sentencia a la cárcel, el Tribunal dispuso que el sentenciado pague USD 2.000 a la madre de la víctima como medida de reparación integral.
Además, deberá recibir tratamiento psicológico en el centro de privación de libertad donde cumpla su condena.
El artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica el abuso sexual como un acto de naturaleza sexual sin acceso carnal y la Sala impuso una pena agravada al considerar circunstancias adicionales que incrementaron la sanción.
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