¿Implica toque de queda el nuevo estado de excepción decretado en nueve provincias y tres cantones de Ecuador?
La nueva declaratoria de estado de excepción, vigente desde el 31 de diciembre de 2025, se ha justificado en el recrudecimiento de la violencia criminal Ecuador.

Operativo del Grupo de Operaciones Militares de Ambito Interno (Gomai) en Durán, en septiembre de 2025.
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El Decreto Ejecutivo 277 emitido por el presidente Daniel Noboa establece un nuevo estado de excepción en nueve provincias y tres cantones de Ecuador. Fue emitido el 31 de diciembre de 2025 y estará vigente durante 60 días, es decir, hasta febrero de 2026.
La medida rige en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo y Sucumbíos, además de los cantones La Maná (Cotopaxi), Las Naves y Echeandía (Bolívar).
La declaratoria de estado de excepción se ha justificado en el recrudecimiento de la violencia criminal Ecuador, lo que se evidencia en:
Cifras alarmantes de violencia: Entre el 1 de noviembre y el 23 de diciembre de 2025, se registraron 1,232 homicidios intencionales en las provincias en donde aplica el estado de excepción, un incremento del 18% respecto al año anterior.
Presencia de Grupos de Delincuencia Organizada (GDO): Se identifica una lucha territorial violenta entre bandas como Los Lobos, Los Choneros y Tiguerones, quienes usan armas de alto calibre y explosivos para controlar economías ilícitas.
Ataques a servidores públicos: El decreto menciona asesinatos de policías (como en Olmedo y Esmeraldas) y amenazas directas contra jueces, fiscales y ministros, lo que debilita la autoridad del Estado.
Conflictos en fronteras y minería ilegal: En Sucumbíos, existe riesgo por la incursión de disidencias de las FARC y el ELN, mientras que en cantones como La Maná y Cascales, la minería ilegal genera recursos para estructuras criminales
Para combatir estas amenazas, el estado de excepción autoriza allanamientos e inspecciones inmediatas sin orden judicial previa, cuando existan indicios de que en el interior hay criminales, armas, explosivos o drogas.
También faculta la identificación y análisis de comunicaciones para prevenir o neutralizar amenazas terroristas o criminales, bajo informes motivados.
El decreto no se especifica sobre restricción de movilidad ni horario de toque de queda.
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