Esto debe saber para dar por terminado un contrato con una empresa de telefonía móvil, internet o TV por cable
Arcotel aclara a los usuarios que la terminación de un contrato con una empresa de telecomunicaciones debe darse en 15 días, desde la notificación del usuario. Lea una guía.

Imagen referencial de una persona frente a un computador, con un celular en su mano izquierda.
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Pixabay
Autor:
Redacción Primicias
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La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel) recordó a los usuarios, proveedores y prestadores de servicios de telecomunicaciones, las normas que deben cumplirse para la terminación de un contrato de adhesión. Entre los servicios que brindan estas compañías están internet fijo, telefonía móvil y televisión por suscripción.
Un contrato de adhesión es aquel cuyas cláusulas son redactadas por los prestadores de servicios de telecomunicaciones, sin que el abonado o suscriptor haya discutido su contenido, pero lo acepta de manera expresa por cualquier mecanismo físico o electrónico, explica la Arcotel en su página web.
Estas son las normas que deben tenerse en cuenta sobre los contratos de adhesión y su terminación por parte de los abonados o usuarios:
Los usuarios podrán dar por terminado el contrato de adhesión, previa notificación al prestador de servicio de internet, telefonía móvil o s. El proceso tiene un tiempo de duración de 15 días, contados a partir de la notificación al prestador por parte del usuario.
Las deudas no son impedimento para la terminación del contrato. Sin embargo, los abonados y usuarios tienen la responsabilidad de cancelar todos los valores por los servicios brindados y recibidos.
En el caso del servicio de internet y audio y video por suscripción (televisión por suscripción), la entrega de los equipos o terminales no son impedimento para procesar y cancelar el contrato.
Antes de suscribirse a un servicio, los usuarios deben informarse sobre las condiciones y tiempo de permanencia mínima establecida en el contrato de adhesión, leer la totalidad del documento y consultar las dudas con un asesor. Esto puede evitar controversias en caso de que en el futuro requiera dar por terminado el contrato.
Los beneficios recibidos por concepto de permanencia mínima deben estar correctamente detallados en el contrato de adhesión y ser aceptados por el usuario.
Si el usuario no cumple con el tiempo de permanencia mínima aceptado en el contrato de adhesión, se generarán valores a cancelar dependiendo del tiempo de permanencia con el servicio contratado.
Los canales de atención habilitados para que los usuarios soliciten la terminación del contrato pueden ser: telefónico, electrónico y presencial. En ningún caso se podrán imponer obstáculos o requisitos que limiten, restrinjan o dilaten el ejercicio de este derecho. La solicitud realizada por el cliente, por cualquier medio, será lo único necesario para dar por concluido el acuerdo.
La suspensión del servicio no es lo mismo que la terminación del contrato.
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