De evaluaciones a servidores a cambios en cooperativas; estas son las reformas que tumbó la Corte
Con la declaratoria de inconstitucionalidad a las leyes de Integridad Pública y Solidaridad Nacional por parte de la Corte Constitucional, quedaron sin vigencia varias reformas económicas.

Atención de un funcionario del SRI a una ciudadana en el cantón El Guabo, provincia de El Oro, el 18 de septiembre de 2025. Imagen referencial.
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La Corte Constitucional no dio pasó a dos leyes impulsadas por el Gobierno de Daniel Noboa, que incluían una serie de reformas económicas, entre ellas, evaluaciones a los servidores públicos cada seis meses, que podían derivar en despidos.
Se trata de la Ley de Integridad Pública, que entró en vigencia el 26 de junio de 2025, y la Ley de Solidaridad Nacional, publicada en el Registro Oficial el 10 de junio. Ambas normativas fueron declaradas inconstitucionales por el Máximo Tribunal.
Reformas de la Ley de Integridad
Con la declaratoria de inconstitucionalidad a la Ley de Integridad Pública, las siguientes reformas económicas quedan eliminadas:
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Evaluaciones semestrales a los servidores
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La normativa incluía cambios en las evaluaciones de desempeño a los servidores públicos, establecidas desde antes en la Ley Orgánica del Servicio Público (Losep).
Uno de los cambios es que de estas evaluaciones determinarían la estabilidad laboral de los funcionarios, de acuerdo con la calificación obtenida.
Por ejemplo, un servidor que obtuviese la calificación de 'insuficiente' por deficiencia laboral grave sería destituido de su puesto, por medio de un sumario administrativo.
De todas formas, la Losep ya establece como causal de despido "la incapacidad probada", previo a una evaluación de desempeño.Según la reforma, estas evaluaciones debían realizarse cada seis meses. De hecho, arrancarían en enero de 2026, tras la aplicación de un plan piloto que se realizaría entre octubre y noviembre de 2025 Ahora, deberán seguir aplicándose una vez al año, como establece la Losep.
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De cooperativas a bancos
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La Ley de Integridad daba un plazo de 90 días a la Junta de Regulación Financiera y Monetaria, creada también con la misma norma, para identificar las cooperativas de ahorro y crédito que debían transformarse en bancos.
Según la reforma legal, la transformación de algunas cooperativas en bancos tenía como finalidad "proteger los ahorros y aportes de la ciudadanía y preservar la estabilidad financiera".
No obstante, la Corte ya había suspendido el plazo de 90 días, mientras analizaba las demandas de inconstitucionalidad que recibió la ley. Uno de los gremios que demandó la ley fue la Asociación de Organismos de Integración del Sector Financiero Popular y Solidario (Asofipse).
En su demanda, el gremio alegó que la norma era contraria al derecho a la libertad de asociación, garantizado en la Constitución, y a la composición del sistema financiero popular y solidario. - 3
Nuevamente, dos juntas
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La norma establecía reformas al Código Monetario y Financiero para unificar la Junta de Política y Regulación Monetaria y la Junta de Política y Regulación Financiera. La nueva junta se denominaría Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria.
Tras la entrada en vigencia de la Ley de Integridad Pública, el pasado 16 de septiembre, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó y posesionó a los cinco miembros de la nueva junta, que sería el máximo órgano de gobierno del Banco Central y que ahora se queda sin sustento jurídico.
Hasta 2021, de hecho, en Ecuador había una sola Junta de Regulación, pero quedó dividida en dos, una Financiera y otra Monetaria, tras la aprobación de la Ley de la Defensa de Dolarización, remitida por el entonces presidente Guillermo Lasso.
Con la derogación de la ley, nuevamente deberán funcionar como juntas separadas, una Financiera y otra Monetaria.
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Remisión tributaria
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Además, quedó sin efecto la remisión tributaria establecida en la Ley de Integridad, que consistía en una condonación de intereses, multas, costas y recargos, en el pago parcial o total de obligaciones tributarias, que se hayan generado hasta el 31 de diciembre de 2024.
El beneficio aplicaba para quienes tengan obligaciones pendientes en los impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas (SRI), con exclusión del Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2024.
Para acceder a la remisión, el capital de la obligación tributaria debía ser pagado hasta el 31 de diciembre de 2025.
El SRI aclaró este 29 de septiembre que los pagos realizados desde el 26 de junio hasta la publicación de la sentencia de la Corte Constitucional en el Registro Oficial mantendrán el beneficio. La sentencia aún no ha sido publicada en el Registro.
Reformas de la Ley de Solidaridad
La Ley de Solidaridad Nacional también incluyó reformas económicas, que ahora quedan derogadas:
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Prohibición para las SAS
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La norma prohibía a las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) realizar actividades vinculadas con cinco sectores:
- Operaciones financieras.
- Mercado de valores.
- Seguros.
- Sectores estratégicos, como energía, electricidad, petróleo y telecomunicaciones.
- Minería.
Con la declaratoria de inconstitucionalidad, podrán seguir creándose SAS en esos sectores.
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Sociedad anónima deportiva
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Por otro lado, la Ley de Solidaridad establecía la creación de un nuevo tipo de empresa: la sociedad anónima deportiva, para impulsar el desarrollo de actividades generadas por organizaciones deportivas y establecer mecanismos para "garantizar la integridad de sus operaciones financieras".
La sociedad anónima deportiva se podía constituir a través de contrato o acto unilateral, y solo tenía permitido desarrollar actividades deportivas en una sola rama.
Los clubes deportivos o equipos que participen de deportes profesionales debían adoptar esta nueva forma jurídica. En Ecuador, la mayoría de clubes deportivos son organizaciones sin fines de lucro.
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Rebaja del Impuesto a la Renta
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La normativa también estableció un beneficio tributario por donaciones realizadas a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, que ahora queda derogado y con efecto retroactivo, según la sentencia de la Corte Constitucional.
El beneficio permitía aplicar hasta un 30% de rebaja en el pago del Impuesto a la Renta. Esto estará vigente hasta la publicación de la sentencia de la Corte, referente a la Ley de Solidaridad.
Noticia en desarrollo.
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