Facturas electrónicas deberán emitirse y enviarse al SRI en tiempo real, desde el 1 de agosto
Las facturas emitidas al 'consumidor final' no podrán ser anuladas ni modificadas una vez generadas, ni siquiera mediante nota de crédito, según nueva resolución del SRI

Un funcionario del SRI realiza una visita informativa a un local comercial en Zamora Chinchipe, el 25 de julio de 2025. Imagen referencial.
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SRI / X
Autor:
Redacción Primicias
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A partir del 1 de agosto, los negocios deberán emitir facturas electrónicas y transmitirlas al Servicio de Rentas Internas (SRI) en tiempo real, de acuerdo con una resolución del SRI con fecha 27 de junio de 2025.
Con esta nueva norma, se elimina la posibilidad de que los contribuyentes puedan emitir y transmitir comprobantes electrónicos al SRI con hasta cuatro días hábiles de retraso.
La Administración Tributaria también modifica las disposiciones sobre anulación de comprobantes electrónicos y emisión de notas de crédito.
Según la resolución, la anulación de facturas, comprobantes de retención y documentos complementarios deberá realizarse en línea a través del portal del SRI dentro de los 10 días hábiles posteriores a la emisión. Vencido ese plazo, un comprobante ya no podrá anularse y solo podrá ser revertido mediante una nota de crédito.
Adicionalmente, las facturas emitidas al 'consumidor final' no podrán ser anuladas ni modificadas una vez generadas, ni siquiera mediante nota de crédito.
El experto tributario Serguei Proaño considera que alcance de este cambio normativo afecta a todos los contribuyentes, desde grandes empresas hasta profesionales independientes. Proaño estima que al menos 1 millón de contribuyentes no cumple con el requisito de emisión en tiempo real, porque utilizan sistemas de facturación electrónica desactualizados.
"Un amplio número de negocios deberá actualizar o migrar su sistema de facturación electrónica para adecuarse a las nuevas exigencias técnicas", añade.
Los contribuyentes que no cumplan con la norma podrían enfrentar multas desde 1 hasta 30 salarios básicos (entre USD 470 y 14.100), dependiendo del tipo de contribuyente. En caso de reincidencia, el SRI puede clausurar temporalmente el establecimiento comercial.
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