Organizaciones ambientales cuestionan el poco tiempo para debatir el polémico proyecto de reforma minera
El proyecto de reforma a la Ley de Minería y a la Ley de Energía Eléctrica, que ha sido cuestionado por organizaciones ambientales, se debate este 26 de febrero en el Pleno de la Asamblea Nacional.

Imagen referencial de trabajadores del proyecto minero Cascabel, en Imbabura, 4 de noviembre de 2024.
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El proyecto de reformas a la Ley de Minería y a la Ley de Energía Eléctrica vuelve este 26 de febrero de 2026 al Pleno de la Asamblea Nacional, para su segundo y último debate, con fuertes cuestionamientos de organizaciones ambientales y abogados en materia ambiental.
Para Gustavo Redin, presidente de la Coordinadora Ecuatoriana de Organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente (Cedenma), el primer cuestionamiento es el tratamiento de "urgente" que se le da al proyecto, lo que a su juicio "sacrifica la democracia en función de la urgencia de tomar una decisión".
"En un mes no se debatir una ley tan importante como esta", dice Redin. Y cuestiona que hasta ahora la Cedenma, que representa a más de 80 organizaciones a escala nacional, no ha sido recibida por la Asamblea en los debates de leyes tratadas como económicas urgentes.
"En esta ley se habla de regalías económicas que el Estado recibirá en 20 años, ¿cómo es que no podemos tomarnos un año para debatirla?, ¿dónde está la urgencia?", añade el representante gremial. Y sobre el aspecto eléctrico de la ley, recuerda que ya fue aprobada una ley urgente en esa materia.
Falta de claridad
Una de las reformas más polémicas que plantea el proyecto es la sustitución de la licencia ambiental por una "autorización administrativa ambiental", en el artículo 26 de la Ley de Minería.
Aunque el Ministerio de Ambiente ha asegurado que ese cambio no implica la eliminación de la licencia ambiental, sino que el nombre abarca distintos tipos de permisos, Redin cuestiona que el proyecto no aclare qué es una autorización. Por eso, considera que "lo más peligroso (del documento) es lo que no está escrito".
"El cambio de nombre no es algo simple. La licencia ambiental es el régimen más estricto de control, básicamente se disminuye la categoría de riesgo. Y con esto, no queda claro en qué momento se deberán aprobar los estudios de impacto ambiental", dice Redin.
De hecho, el presidente de Cedenma teme que la finalidad del cambio sea eliminar la exigencia de la presentación de estudios de impacto ambiental a los titulares de los proyectos mineros. Y en consecuencia, eliminar también la necesidad de realizar una consulta previa libre e informada a los pueblos indígenas para obtener las licencias, en los casos que se requiera.
"La ley no exige que se realice una consulta previa solo para obtener un registro ambiental. Entonces si solo se exige un registro para la fase de exploración, sin necesidad de un estudio de impacto, no hay la obligación de realizar consulta", señala Redín. Y recuerda que los estudios de impacto ambiental es la única forma de conocer las posibles afectaciones al ambiente que generarán los proyectos.
La propuesta legal también plantea simplifica los trámites en la etapa de exploración, para la cual se otorgaría un plazo total de 15 años.
Actualmente, esta etapa se divide en inicial (por cuatro años), avanzada (cuatro años) y el período de evaluación económica (dos años, con posibilidad de extensión a dos años más). Aunque se mantendrían estas subfases, el titular minero ya no requeriría de una autorización previa para cambiar de una a otra.
Redín recuerda que la exploración avanzada es alto impacto. "Si se realiza un mismo estudio para toda la fase de exploración y se exige solo un registro ambiental, no va haber claridad de cuáles podrían ser los daños ambientales", dice el representante gremial. Y considera que, con ello, se vulneraría el principio de prevención y el derecho de restauración, establecidos en la Constitución.
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