Servidores públicos en teletrabajo podrían volver a presencial por baja calificación en sus evaluaciones
Las Unidades de Talento Humano de las entidades públicas con servidores en teletrabajo deberán elaborar la normativa interna para la modificación de esta modalidad laboral.

Imagen referencial de una trabajadora en una sesión por Zoom en casa.
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Pexels
Autor:
Redacción Primicias
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El Reglamento de la Ley de Integridad Pública, que entró en vigencia el 23 de julio, señala que los servidores públicos que laboren en teletrabajo y obtengan una calificación menor a 'satisfactorio' en sus evaluaciones semestrales deben ser considerados para pasar a modalidad presencial.
Según la nueva norma secundaria, las Unidades de Talento Humano de las entidades con servidores bajo la modalidad de teletrabajo deberán elaborar la normativa interna sobre los procedimientos para la modificación de esta modalidad laboral.
Esa normativa deberá considerar los casos en los que los servidores hayan obtenido en la última evaluación de desempeño una calificación menor a satisfactorio, para la modificación de la modalidad laboral de teletrabajo a presencial, recalca el Reglamento de ley.
La Ley de Integridad Pública, que reforma la Ley Orgánica de Servicio Público, establece que los trabajadores del sector público tendrán evaluaciones de desempeño, de manera semestral, y las calificaciones que obtengan serán determinantes para su estabilidad laboral.
De igual manera, añade la regulación, se podrá proceder a la modificación de la modalidad laboral cuando el jefe inmediato considere que la actividad que desempeña el servidor deba prestarse de manera presencial.
"La modificación de la modalidad laboral no será considerada como sanción o vulneración de derechos laborales", recalca el Reglamento.
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