Sindicalistas califican de "persecución" a la exigencias del nuevo reglamento sobre organizaciones laborales
El Ministerio del Trabajo aprobó un nuevo reglamento sobre organizaciones laborales en el que se establece que los dirigentes sindicales deben ser trabajadores activos.

Protesta de trabajadores públicos frente a la Corte Constitucional, el 31 de julio de 2025.
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El nuevo reglamento del Ministerio del Trabajo sobre organizaciones sindicales establece como requisito indispensable para ser miembro de una directiva sindical ser trabajador activo, bajo relación de dependencia, y estar sujeto al Código del Trabajo.
Para el secretario general de la Asociación Nacional de Trabajadores de las Empresas de la Energía y el Petróleo (Antep), David Almeida, quien salió de Petroecuador en diciembre de 2024, con la exigencia de ser 'trabajador activo' el Gobierno busca que los dirigentes sindicales "despedidos por persecución" dejen de estar en las directivas sindicales.
"Al dirigente sindical que no les cuadre, lo van a despedir bajo cualquier forma y no le van a permitir ser parte de la directiva de la organización", dijo Almeida este 31 de julio a PRIMICIAS, tras una protesta frente a la Corte Constitucional por los recientes despidos en el sector público.
Almeida fue Supervisor de Perforación en Petroecuador, hasta diciembre de 2024, cuando fue desvinculado mediante visto bueno. "Yo sigo siendo parte de la directiva de Antep porque fui electo cuando estaba como activo", dijo Almeida.
El representante legal considera que su salida fue "ilegal" y respondió a sus críticas, junto a las de otros trabajadores, al proceso de concesión del campo Sacha a un consorcio internacional que llevaba adelante el Gobierno. Luego de él, fueron despedidos más de 20 trabajadores, incluido el Jefe del Campo Sacha.
Según Almeida, con el nuevo reglamento, el Gobierno también busca controlar "a quién se elije y a quién no", debido a que la institución pública deberá certificar ante el Ministerio del Trabajo que el dirigente sindical elegido pertenece al régimen del Código del Trabajo. "Si a la empresa no le conviene el dirigente que fue electo simplemente no entrega la certificación y no registran la directiva".
El secretario de la Antep considera que esto viola las convenciones internacionales y recordó que el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) determina que todo trabajador sin distinción alguna puede pertenecer a una organización sindical.
"Los servidores públicos (bajo la Losep) también deberían poder pertenecer a un sindicato, pero acá lo limitan a los que pertenecen al Código del Trabajo", añadió.
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