El SRI notificó a 9.000 contribuyentes por inconsistencias en sus declaraciones de Impuesto a la Renta
Los contribuyentes notificados por el SRI deben revisar y justificar las diferencias detectadas; en caso de hallar inconsistencias, deberán presentar declaraciones sustitutivas.

Una funcionaria del SRI ofrece información sobre servicios tributarios a una persona en el cantón Muisne, Esmeraldas, en una brigada móvil de la entidad, el 18 de julio de 2025.
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SRI / X
Autor:
Redacción Primicias
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El Servicio de Rentas Internas (SRI) detectó inconsistencias en las declaraciones del Impuesto a la Renta de cerca de 9.000 contribuyentes, correspondientes al ejercicio fiscal 2022.
"Estas diferencias se basan en los registros del sistema financiero nacional, reportados a través del Anexo de Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras", explicó la Administración Tributaria en un comunicado, este 21 de julio.
El ente detalló que entre las principales inconsistencias detectadas constan acreditaciones bancarias y cobros realizados con tarjetas de crédito que no fueron incluidos en las declaraciones del Impuesto a la Renta de los contribuyentes.
Según el SRI, los valores no reportados habrían ocasionado una afectación estimada de más de USD 6 millones al Fisco.
La Administración Tributaria notificó de manera preventiva a los 9.000 contribuyentes, con el fin de que revisen y justifiquen las diferencias detectadas. "Estas notificaciones no constituyen aún una determinación de obligaciones tributarias, pero sí representan una alerta fiscal relevante", aclaró el SRI.
Entre las inconsistencias identificadas por el SRI constan:
- Acreditaciones bancarias no reportadas como ingresos.
- Pagos recibidos mediante tarjetas de crédito.
- Omisión de actividades económicas registradas en el RUC.
- Ingresos no declarados por ventas en plataforma digitales.
El SRI precisó que no toda acreditación bancaria constituye un ingreso gravado; por ejemplo, préstamos recibidos, fondos propios transferidos entre cuentas, reintegros o devoluciones o la venta de activos no sujetos a Impuesto a la Renta
En caso de encontrar inconsistencias, los contribuyentes deberán presentar declaraciones sustitutivas. De lo contrario, podrán mantener su declaración vigente con el respaldo documental correspondiente, el la Administración Tributaria.
"La omisión de dichas correcciones podría derivar en determinaciones tributarias con intereses y sanciones, además en procesos penales por presunta defraudación tributaria", añadió la entidad.
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