La transmisión inmediata de facturas electrónicas al SRI será obligatoria desde el 1 de enero de 2026
Los contribuyentes deberán enviar sus facturas electrónicas al SRI en tiempo real, a partir del 1 de enero de 2026. Con esto, se elimina el plazo de cuatro días hábiles para enviar los comprobantes.

Una funcionaria del SRI visita un local comercial en Carchi para verificar el cumplimiento de obligaciones tributarias, el 17 de diciembre de 2025. Imagen referencial.
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SRI / X
Autor:
Redacción Primicias
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A partir del 1 de enero de 2026 será obligatoria la transmisión inmediata de las facturas electrónicas, comprobantes de retención y documentos complementarios al Servicio de Rentas Internas (SRI), recordó la entidad este 30 de diciembre de 2025, en un comunicado.
Esto está estipulado en una resolución del SRI del 27 de junio de 2025, posteriormente reformada con otra resolución del 29 de julio del mismo año, con la que se otorgó más tiempo a los contribuyentes para actualizar sus sistemas de facturación.
Hasta ahora, los contribuyentes tienen hasta cuatro días hábiles para enviar las facturas al SRI. Pero, a partir del 1 de enero de 2026, deberán hacerlo en tiempo real, es decir, al momento de su emisión.
Según el SRI, con esta disposición se busca "modernizar el sistema tributario, fortalecer la transparencia y facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes".
La entidad añade que esto también permite un mejor seguimiento de las transacciones comerciales de bienes y servicios; a la vez que reduce errores en las declaraciones y brinda mayor seguridad tanto a contribuyentes como a consumidores.
El SRI hizo un llamado a los contribuyentes "a preparar y validar con anticipación sus sistemas de facturación" para poder cumplir con la transmisión inmediata de los comprobantes electrónicos.
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