Viernes, 26 de abril de 2024

Corte Constitucional deja sin efecto el estado de excepción

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

2 Ene 2021 - 22:23

Autor: Redacción Primicias

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2 Ene 2021 - 22:23

Los jueces de la Corte Constitucional, durante una sesión oficial, el 20 de agosto de 2019. - Foto: Cortesía Corte Constitucional

La mayoría de los jueces de la Corte Constitucional considera que el Decreto 1217 invoca hechos que no constituyen una calamidad pública.

El pleno de la Corte Constitucional sesionó el pasado 27 de diciembre de 2020 para analizar la constitucionalidad del Decreto 1217. Tras el análisis respectivo, los jueces resolvieron decretar la inconstitucionalidad del decreto que dispone un nuevo estado de excepción en el país.

Ese decreto, que se firmó el 21 de diciembre de 2020, fue expedido por el presidente Lenín Moreno con la justificación de un posible aumento de contagios de Covid-19 por las aglomeraciones de diciembre y la nueva variante del virus de Reino Unido.

Por eso se decretó el toque de queda nocturno hasta el 3 de enero de 2021. Además se restringió la circulación vehicular en todo el territorio nacional.

Pero el dictamen de la Corte se hizo público en la noche del 2 de enero y no apenas fue emitido.

Sobre este particular, la Corte indicó que la difusión de la declaratoria se realizó, según lo establecido al artículo 92 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

"Al tratarse de la suscripción de votos salvados, de dos jueces, la notificación se efectuó de inmediato a la remisión y suscripción de estos, dentro del término de 10 días". Este plazo cumple con los parámetros constitucionales.

En su justificación, la mayoría de jueces señala que “transcurridos más de nueve meses de pandemia, tal situación dejó de ser imprevista o sobreviniente”. 

Por eso concluye que “los hechos constitutivos de la declaratoria no configuraron la causal de calamidad pública invocada en el decreto”.

La Corte agrega que “sin recurrir a un estado de excepción, es posible adoptar las medidas decretadas”.

La sentencia contó con el voto salvado del presidente de la Corte, Hernán Salgado, quien sí consideró justificado el estado de excepción.

De momento, el Ejecutivo no se ha pronunciado sobre el fallo de la Corte Constitucional. Además se desconoce los efectos que tendrá la decisión frente a las acciones aplicadas hasta el momento.