Sábado, 27 de abril de 2024

Esta es la sanción por incumplir el horario de toque de queda en Ecuador

Autor:

Gabriela Coba

Actualizada:

11 Ene 2024 - 12:52

Ante el conflicto armado interno, Ecuador vive un toque de queda de seis horas, el cual estará vigente durante 60 días.

Militares realizan una inspección en Cuenca, el 9 de enero de 2024.

Autor: Gabriela Coba

Actualizada:

11 Ene 2024 - 12:52

Militares realizan una inspección en Cuenca, el 9 de enero de 2024. - Foto: AFP

Ante el conflicto armado interno, Ecuador vive un toque de queda de seis horas, el cual estará vigente durante 60 días.

La restricción de libertad de tránsito o toque de queda está vigente en Ecuador desde el 8 de enero de 2024. Eso debido a la declaratoria del estado de excepción debido a la grave conmoción interna que luego fue catalogada como conflicto armado interno, por parte del presidente Daniel Noboa.

El país enfrenta un conflicto armado interno por la presencia de más de 20 bandas de crimen organizado y narcotráfico que han realizado una serie de atentados, con la explosión de carros, amotinamientos en cárceles y la incursión de personas armadas al canal TC Televisión.

En ese contexto, el país vive un toque de queda de seis horas, entre las 23:00 y las 5:00, el cual estará vigente por 60 días.

¿Qué pasa si una persona incumple el toque de queda? Es sancionada por incumplimiento de decisiones legítimas de la autoridad competente.

Y por ello podría ser sentenciada hasta a tres años de cárcel, según el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Hay excepciones

Pero, como parte de la disposición, hay excepciones para ciertos sectores y funcionarios. Por eso quienes pueden circular durante el toque de queda son:

  • Personal de servicios de salud pública y privada.
  • Miembros de la fuerza pública, servicios de emergencia, servidores de varias entidades gubernamentales y el cuerpo diplomático acreditado en el país.
  • Contratistas públicos, personal del sector exportador y del industrial que ejerza faenas nocturnas podrán estar en las calles.
  • Abogados y personal de medios de comunicación también podrán circular.
  • Servidores de sectores estratégicos como energía, recursos no renovables, telecomunicaciones, agua, vialidad, y la infraestructura aeroportuaria y de aviación. En virtud de estas disposiciones, las instituciones públicas, como la Dirección de Aviación Civil, pide a sus trabajadores que porten sus credenciales.

Además, el Ministerio de Turismo indicó a través de un comunicado que se acordó con la Cartera de Gobierno "para que las actividades del sector se mantengan operativas", durante la vigencia del toque de queda.

En ese sentido, se permitirá la circulación de los siguientes grupos de personas vinculadas al sector turístico:

  • Se permite la movilización de personal que brinda servicios de alojamiento, de alimentos y bebidas, de transporte turístico, operación y guianza turística. Pero deben tener su credencial laboral.
  • Se reiteró que los pasajeros o turistas, que requieran ir hacia o desde el aeropuerto, pueden estar en las calles durante el toque de queda, y deben presentar el ticket o documento de viaje.