Martes, 19 de marzo de 2024

Educación emite reglas para retorno de trabajadores de escuelas y colegios

Autor:

Jonathan Machado

Actualizada:

10 Oct 2021 - 10:52

El documento aplica para profesores, directivos y personal administrativo de las instituciones fiscales de los regímenes Sierra-Amazonía y Costa-Galápagos.

Autor: Jonathan Machado

Actualizada:

10 Oct 2021 - 10:52

Estudiantes de la escuela 13 de Abril, ubicada en el cantón Pedro Moncayo, durante el regreso a clases, el 2 de marzo de 2021. - Foto: API

El documento aplica para profesores, directivos y personal administrativo de las instituciones fiscales de los regímenes Sierra-Amazonía y Costa-Galápagos.

El Ministerio de Educación emitió el protocolo de 'Lineamientos para el retorno a la presencialidad del personal asignado a las instituciones educativas'.

El documento señala las reglas para escuelas y colegios desde el 11 de octubre de 2021 cuando inicie el retorno progresivo al trabajo presencial de profesores, directivos y personal administrativo. Para ello establece tres criterios.

  1. En las instituciones con sus planes de continuidad educativa aprobados, permiso de uso presencial de sus instalaciones y con conectividad, el 100% de su personal deberá retornar al trabajo presencial en el horario regular. Únicamente los casos de fuerza mayor debidamente justificados podrán continuar en modalidad de teletrabajo.
  2. En las escuelas y colegios con planes de continuidad educativa aprobados y permiso de uso presencial de sus instalaciones, pero que no cuenten con conectividad, profesores y trabajadores administrativos que trabajen de forma presencial con estudiantes deberán asistir en la jornada asignada. Los docentes que impartan clases a distancia podrán continuar con el teletrabajo. El personal administrativo deberá acudir de forma 100% presencial en el horario regular de trabajo.
  3. Para las instituciones sin planes de continuidad educativa aprobados, su personal continuará en modalidad de teletrabajo.

El Ministerio de Educación también emitió otros lineamientos que las escuelas y colegios deberán tomar en cuenta para el regreso a la presencialidad.

  • Los docentes y el personal administrativo que labora en instituciones educativas y que, por decisión propia no quieran recibir la vacuna contra el Covid-19, serán los responsables de mantener los cuidados necesarios para evitar contagios.
  • Las mujeres embarazadas se mantendrán en teletrabajo si no han recibido la vacuna, al igual que quienes no se hayan inmunizado por recomendación médica.
  • Las mujeres en período de lactancia volverán a la presencialidad con reducción de la jornada laboral de acuerdo a lo que determina la ley.
  • El personal con discapacidad menor al 75% deberá retornar de manera presencial una vez que hayan cumplido 14 días desde que completó el esquema de vacunación.
  • Los trabajadores con otras condiciones agravantes deberán presentar certificados médicos actualizados y contar con la validación del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
  • Los profesores con hijos menores 12 años que no puedan dejarlos al cuidado de otra persona podrán acogerse a la modalidad de teletrabajo. Esta medida regirá hasta que los centros de desarrollo infantil activen la modalidad presencial.
  • Si un colaborador de una institución educativa ha estado en contacto cercano o vive con una persona con Covid-19 debe notificar de inmediato y no acudir a su lugar de trabajo. Si se confirma el contagio se instalarán cercos epidemiológicos, suspendiendo la asistencia.