Jueves, 02 de mayo de 2024

Municipio de Colta estuvo a cargo de embarcación que naufragó

Autor:

Carolina Mella

Actualizada:

28 Dic 2022 - 5:28

El Municipio de Colta tiene dos embarcaciones que navegan en la laguna de Colta hasta tres veces diarias. El Ministerio de Turismo informó a PRIMICIAS que la Alcaldía no cuenta con los permisos de operación.

Una embarcación con 43 personas se hundió en la Laguna de Colta. Una mujer y dos niños fallecieron. Chimborazo, 25 de diciembre de 2022.

Autor: Carolina Mella

Actualizada:

28 Dic 2022 - 5:28

Una embarcación con 43 personas se hundió en la Laguna de Colta. Una mujer y dos niños fallecieron. Chimborazo, 25 de diciembre de 2022. - Foto: Fiscalía General del Ecuador

El Municipio de Colta tiene dos embarcaciones que navegan en la laguna de Colta hasta tres veces diarias. El Ministerio de Turismo informó a PRIMICIAS que la Alcaldía no cuenta con los permisos de operación.

Fue un 25 de diciembre trágico para 43 personas que naufragaron en las aguas heladas de la laguna de Colta, que está a 3.300 metros sobre el nivel del mar, en Chimborazo.

La temperatura registraba menos de 10 grados Celsius ese día, cuando el yate que hacía el recorrido, y que debía durar no más de 30 minutos por la laguna, se hundió.

Uno de los rescatistas describió que el “terreno de la laguna es muy difícil, porque es oscuro, pantanoso y arenoso”. En esas condiciones murieron una mujer de 56 años, un niño de 3 años y un bebé de cinco meses.

La laguna de Colta es uno de los sitios turísticos más promocionados del cantón e incluso de la provincia.

Hay dos embarcaciones que realizan hasta tres recorridos diarios alrededor de los 1.000 metros cuadrados que tiene la laguna, y que pertenecen al Municipio de Colta. Esta institución se encarga de toda la operación turística.

Eso se definió a través de una ordenanza municipal sobre el manejo de la laguna de Colta, porque antes la operación estaba en manos de una empresa privada, dice Abraham Sagñay, alcalde encargado, porque el titular Simón Gualán está de vacaciones.

Las dos embarcaciones están bajo la dirección y el control del departamento de Turismo del Municipio de Colta, que cobra USD 1,50 por persona y USD 0,75 a los de la tercera edad y menores de edad. 

El representante de la Alcaldía asegura que la embarcación que se hundió "ha recibido los mantenimientos de manera permanente y se ha reparado la máquina”.

Al ser una empresa municipal la que está a cargo de los yates, el Ministerio de Turismo entrega los permisos de la operación turística y se supone que debe controlar que los protocolos se cumplan.

Según Sagñay, las embarcaciones cuentan con los permisos correspondientes por parte del Ministerio de Turismo.

Sin embargo, esta cartera de Estado aseguró a PRIMICIAS que en "el Catastro Nacional del Ministerio no consta un registro de turismo otorgado al Municipio de Colta para el desarrollo de actividades turísticas".

La ordenanza municipal tampoco consta en la página web, como exige la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y no fue enviada por las autoridades del Municipio de Colta. 

El alcalde encargado asegura que existen los protocolos de gestión de riesgos establecidos en la ordenanza, por ejemplo, que los pasajeros deben usar chalecos salvavidas, pero, según testigos, no todos lo hicieron. 

“La embarcación tiene capacidad para 50 personas y todos usaban chalecos salvavidas, pero parece que un niño se lo sacó”, dice Sagñay.

Y admite que “nos faltó controlar las disposiciones que tenemos, los funcionarios que manejan el tema debieron exigir que mantengan los chalecos”.

La Fiscalía ha procesado a tres personas, entre ellas al capitán de la embarcación, a quien le formuló cargos por homicidio culposo, mientras que las actividades acuáticas en la laguna fueron suspendidas por 60 días.

¿Quién debe controlar?

Un domingo de agosto de 2013, en la misma Laguna de Colta, otra embarcación se hundió con más de 30 personas. Una mujer y cuatro niños fallecieron.

En ese entonces, testigos y familiares también denunciaron la falta de seguridades y exceso de pasajeros. 

Según el Código de Ordenamiento Territorial, la normativa con la que se rigen los municipios, consiste en “regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal”. Es decir, descentraliza esas actividades.

Pero “cuando se descentraliza, se tiene que asegurar que el que va a asumir tiene las capacidades para hacerlo”, dice Carolina Portaluppi, vocera del Colectivo Ecuador con Gestión de Riesgos.

“La competencia está descentralizada, pero ¿qué capacidad tiene el Municipio para transversalizar la reducción del riesgo de desastres de esas operaciones turísticas?”, cuestiona la experta.

Además, debe haber un permanente control. Las empresas turísticas privadas están a cargo de los municipios y las públicas municipales del Ministerio de Turismo.

Sin embargo, “todos debemos estar obligados en nuestros ámbitos a reducir los riesgos de desastres, y para eso debemos gestionarlos”, dice Portaluppi.

En el caso de las entidades gubernamentales, “(estas) deben conocer las amenazas y monitorearlas, reducir las vulnerabilidades y aumentar las capacidades con el propósito de reducir los riesgos”, explica Portalupi. 

Pero también existe un nivel de responsabilidad individual. “Si una persona se sube a una embarcación sin chaleco, no está aplicando el principio de autoprotección. Eso implica que la ciudadanía también debe ser parte de ese sistema”, añade. 

El problema es que la gestión de riesgos en el país, que se creó en la Constitución de 2008 como una obligación de política de Estado que debe ser transversal en todas las instituciones, todavía no se la aplica, porque la Asamblea todavía no aprueba la Ley que la regule.

Los protocolos

El Ministerio de Turismo emitió el 6 de diciembre de 2022 el Reglamento de Transporte Turístico, pero los prestadores de servicios recién podrán registrarse a partir del 20 de enero de 2023, según la información enviada por la entidad a PRIMICIAS.

El Reglamento estipula los requisitos para obtener los permisos de navegación con fines turísticos, pero no precisa el protocolo de seguridad para los pasajeros.

Sin embargo, Galápagos sí tiene un Reglamento de Embarcaciones de Transporte Turístico Marítimo, que detalla los derechos del usuario.

Entre los puntos que regula es que no se puede exceder el número de pasajeros autorizado por la autoridad competente en las embarcaciones de transporte turístico marítimo.

Además, los usuarios deben "ser informados de forma clara y precisa sobre los protocolos de seguridad a ser aplicados durante la prestación del servicio".

Según el reglamento, las embarcaciones deben "tener a su disposición instalaciones y equipamiento en buen estado y en correcto funcionamiento".

También dispone "comunicar los reclamos al prestador del servicio turístico, para lo cual se contará con el libro de reclamos correspondiente".

Y "denunciar, por los canales establecidos por la Autoridad Nacional de Turismo o los gobiernos autónomos descentralizados municipales, las irregularidades".