Miércoles, 24 de abril de 2024

Quito: prohibida la venta de bebidas alcohólicas durante el feriado

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

30 Oct 2020 - 14:29

cerveza

Autor: Redacción Primicias

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30 Oct 2020 - 14:29

Imagen referencial. Dos personas toman cerveza el 18 de mayo de 2020. - Foto: EFE

La medida regirá en Quito desde el 30 de octubre hasta el 3 de noviembre de 2020, desde las 18:00 hasta las 06:00. La sanción por incumplimiento será el 50% de un salario básico.

El anuncio lo hizo el vicealcalde de la ciudad, Santiago Guarderas, en su cuenta de Twitter, la tarde del 30 de octubre de 2020.

Según el funcionario, por resolución del alcalde de Quito, Jorge Yunda, se prohibió la venta de bebidas alcohólicas en la ciudad desde el viernes 30 de octubre hasta el martes 3 de noviembre de 2020, entre las 18:00 y las 06:00.

A través de la Resolución No. A-79 se estableció que las personas que incumplan esta disposición serán sancionadas con el 50% (USD 200) del salario básico unificado.

A esta disposición se suman las siguientes:

  • Durante el feriado, los parques de la ciudad estarán abiertos entre las 07:00 y las 17:00.
  • Uso de mascarilla que proteja nariz y boca.
  • Porta y exhibir la cédula de ciudadanía o cualquier documento que acredite la identidad.
  • Transitar o ubicarse a una distancia de dos metros de otras personas.
  • Se mantiene prohibida la emisión de autorizaciones para la realización de espectáculos públicos en espacios abiertos o cerrados, ya sean públicos o privados.

Estas medidas se emitieron luego de que la ciudad registrara un incremento de contagios de Covid-19. Hasta el 30 de octubre, Quito reporta 53.812 contagios y más de 1.600 fallecidos.

Además, Yunda señaló que "en los bienes de dominio público y privado se observarán los límites de niveles sonoros permitidos, diurnos y nocturnos".

Las personas que incumplan con estos niveles serán sancionados con una multa de hasta ocho salarios básicos unificados (USD 3.200).

Por otro lado, el Comité de Operaciones de Emergencia extendió la validez de los salvoconductos emitidos por el Ministerio de Gobierno, por el Ministerio de Relaciones Exteriores y por el Servicio de Gestión de Riesgos hasta "que exista un nuevo pronunciamiento del COE Nacional", dijo el organismo en una resolución publicada el 30 de octubre de 2020.

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