Sanciones a municipios y más atribuciones para la Superintendencia de Ordenamiento Territorial se incluyen en reforma que debate la Asamblea
El debate de la reforma a la Ley de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo coincide en tiempos en la Asamblea con el análisis de la Ley de Régimen Tributario Interno para Incentivar la Construcción de Viviendas de Interés Social, enviada por el presidente Daniel Noboa con el carácter de urgente.

La Empresa de Obras Públicas del Municipio de Quito estabiliza un deslizamiento en el sector de Nayón el 2 de marzo de 2026.
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Un nuevo frente entre municipios y gobierno central está a punto de abrirse si la Asamblea Nacional aprueba este 24 de marzo de 2026 un paquete de reformas a la Ley de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo.
El proyecto se debate a la par de la Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario Interno para Incentivar la Construcción de Viviendas de Interés Social, enviada a la Asamblea por el presidente Daniel Noboa con el carácter de urgente el 9 de marzo, lo que ha generado suspicacias en la oposición política.
El movimiento Revolución Ciudadana (RC) sostiene que ambos proyectos están conectados y estarían encaminados a allanar el camino para hacer más sencilla la expansión urbana en tierras que actualmente son consideradas rurales.
"¿Y adivinen para qué lo solicitan? para la promoción de planes de vivienda de interés social en sectores rurales. Entonces, una vez que se modifica la competencia sobre quién determina el uso de suelo, ahora sí queremos entregar incentivos a las grandes inmobiliarias".
Luis Molina, asambleísta de Revolución Ciudadana
No todos tienen la misma visión. El independiente Cristian Benavides, que es parte de la Comisión de Gobiernos Autónomos, que redactó el informe, señala que el espíritu de la reforma es que la Superintendencia de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo ejerza un mayor control sobre los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).
"Hay alcaldes que han mal utilizado la planificación o han tenido falta de planificación y han permitido construir en zonas de riesgo sin que nadie les diga nada. Eso queremos enfrentar".
Cristian Benavides, asambleísta independiente
La competencia de modificar el uso de suelo, que ahora es potestad de los municipios, será administrada por la Superintendencia de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo.
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Estos son algunos de los cambios que propone la reforma territorial y de uso de suelo:
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Declaratoria en manos del presidente de la República
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Uno de los artículos que se propone incorporar en la ley es la potestad de que el presidente de la República pueda declarar Proyecto Estratégico Nacional de Construcción de Vivienda a toda propuesta que cumpla los parámetros legales.
Esta declaratoria será equivalente con la figura de Declaración Responsable y actuará como título habilitante pleno para el inicio de obras, las misma que estarán sujetas a controles posteriores.
Además, 30 días después de iniciada la obra se deberán emitir los permisos, informes y actos administrativos para su continuación.
"Abstenerse de exigir condiciones, tributos o procedimientos no previstos en normativa nacional o que afecten la viabilidad del proyecto", agrega la propuesta.

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Nuevos sistemas de registro territorial
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La Comisión de Gobiernos Autónomos, dominada por Acción Democrática Nacional (ADN) y sus aliados también plantean que la Superintendencia implemente tres sistemas que estarán integrados el Catastro Nacional Georreferenciado.
- Sistema Integrado de Información Geográfica para la Planificación Territorial que contendrá la clasificación del suelo en el país; datos prediales y de propiedad actualizados; planes de desarrollo y ordenamiento territorial.
- Repositorio Nacional del Registro de la Propiedad que proveerá datos de inscripción, historial de dominio, gravámenes, limitaciones al dominio, subdivisiones, fusiones, transferencias y demás actos jurídicos relevantes sobre los bienes inmuebles, que constan en registro de la propiedad municipales y del gobierno central.
- Sistema Nacional de Registro de Autorizaciones de Habilitación del Suelo y Licencias Urbanísticas que abarcará toda información relativa a los actos administrativos de habilitación del suelo, fraccionamientos, urbanizaciones a cargo de los municipios. La información será gestionada y administrada por la Superintendencia de Ordenamiento Territorial.
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Más sanciones a municipios
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La reforma propone ampliar el catálogo de infracciones leves, graves y muy graves que pueden cometer los municipios y el propio gobierno central en materia de ordenamiento territorial y autorizaciones para el uso de suelo.
Pero, además, se amplían las causas por las que la Superintendencia de Ordenamiento Territorial podría procesar a un Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano por infracción grave.
En la ley actual se establece que la ejecución de obras sin autorización y que provoquen daños a bienes protegidos será considerado infracción grave, así como comercializar lotes en urbanizaciones o cualquier edificación que no cuente con autorizaciones.
La propuesta oficialista es que se consideren las siguientes infracciones como graves:
- Iniciar obras sin aplicar las medidas de estabilización de taludes, drenajes, muros de contención, o aquellas recomendadas en estudios técnicos para la mitigación de riesgos.
- Usar materiales no certificados o que incumplan las especificaciones de las Normas Ecuatorianas de la Construcción en la construcción de obras o edificaciones.
- Exponer a terceros a riesgos por no señalizar ni aislar correctamente el área de construcción.
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