Reglamento actualiza compensación por vivienda para asambleístas y la extiende para algunos funcionarios legislativos
Los asambleístas recibirán viáticos por residencia de USD 1.446, que son el equivalente a tres salarios básicos de 2026. También, podrán solicitar una compensación por movilización por vía terrestre.

Sesión del Pleno de la Asamblea Nacional el 10 de marzo de 2026 en la Universidad Ecotec, en Guayas.
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Fernando Sandoval/ Asamblea Nacional
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Redacción Primicias
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La Asamblea Nacional ha intensificado sus actividades fuera de su sede de Quito, precisamente cuando actualizó el Reglamento para el Pago de Viáticos, Subsistencias, Movilización, Subsidios Terrestres dentro y fuera del Territorio Nacional y Viáticos por Gastos de Residencia de algunos funcionarios.
El documento fue aprobado por el Consejo de Administración Legislativa (CAL), dominado por Acción Democrática Nacional (ADN) y sus aliados, y quedó vigente desde el 4 de marzo de 2026.
Este nuevo reglamento reemplaza al anterior de agosto de 2025 y la novedad es que los viáticos por gastos de residencia ya no se pagarán únicamente a los asambleístas principales de ciudades que estén a más de 60 kilómetros de Quito.
Este beneficio se extiende también a:
- Secretario General y Prosecretario General
- Administrador General
- Secretarios de Comunicación
- Relaciones Internacionales e Interinstitucionales y Técnica Legislativa
- Coordinadores Generales
- Asesores de la Presidencia
- Asesores Nivel 1 de: la presidencia, vicepresidencias de la Asamblea Nacional
- Asesores Nivel 1 de: de Bancada, de los despachos de los asambleístas y de los vocales del CAL
¿A cuánto ascienden los viáticos por residencia?
Con el incremento del salario básico a USD 482 para 2026, el monto de compensación para cubrir los gastos de vivienda para los legisladores asciende a USD 1.446, que corresponde a tres salarios básicos, que es lo que siempre se ha aplicado.
Esto aplica únicamente para aquellos cuyo domicilio habitual se encuentre a más de 60 kilómetros del Distrito Metropolitano de Quito.
Para el resto de servidores incluidos en el reglamento aprobado por el CAL, el valor que se consignará como pago del subsidio de gastos por residencia de manera mensual será de hasta USD. 900.
Sin embargo, quienes busquen este beneficio tendrán que demostrar que no tienen vivienda a su nombre ni a nombre de su cónyuge o persona registrada mediante unión de hecho en Quito.
Viáticos para viajes en Ecuador

El presidente de la Asamblea, Niels Olsen, ha dispuesto que el trabajo de las comisiones y del Pleno no se limite a la sede de la Función Legislativa en Quito.
Por eso, la última semana de febrero y la segunda de marzo la Asamblea ha sesionado desde la Universidad Ecotec, ubicada en Samborondón, provincia del Guayas. Se prevé que la siguiente semana se trasladen a Cuenca.
Para este tipo de desplazamientos, el CAL definió en la actualización del reglamento los siguientes viáticos diarios:
- USD 150: para Presidente; Vicepresidentes; miembros del CAL; asambleístas; Secretario General; Administrador General; Secretarios de Comunicación; Relaciones Internacionales e Interinstitucionales; y de Técnica Legislativa.
- USD 110: Prosecretario General, coordinadores Generales; Asesores del Presidente; Jefes de la Seguridad Inmediata de la presidencia y vicepresidencias de la Asamblea Nacional, Jefe de Escolta Legislativa.
- USD 80: los servidores legislativos de la gestión parlamentaria y administrativa que no estén incluidos en el numeral anterior, el jefe de seguridad y el personal asignado a la seguridad de las autoridades y asambleístas, y personal de la Escolta Legislativa.
Cuando el viaje sea al exterior el primer grupo recibirá diariamente como viáticos USD 250; el segundo USD 220; y el tercero grupo USD 190, siempre que se trate de labores y actividades relacionadas a la Asamblea y previa presentación de justificaciones.
Pasajes terrestres y aéreos
Los asambleístas principales y aquellos suplentes que se principalicen, así como los funcionarios del jerárquico superior de la Asamblea también pueden solicitar un subsidio de movilización terrestre.
Este aplica para los legisladores y funcionarios que vivan a más de 60 kilómetros del Distrito Metropolitano de Quito y percibirán dicho subsidio por el valor de USD 0,35 por kilómetro recorrido total entre ida y vuelta respecto de su ciudad de residencia habitual y la sede de la Asamblea.
Se mantiene la disposición de que cada asambleísta tiene derecho a un pasaje aéreo semanal de ida y vuelta para asistir a las sesiones del Pleno de la Asamblea.
El presidente; vicepresidentes; miembros del CAL; secretario General; prosecretario General; administrador General; secretarios de Comunicación; Relaciones Internacionales e Interinstitucionales; y de Técnica Legislativa, también tendrán derecho a un pasaje aéreo semanal de ida y vuelta
En tanto que los coordinadores generales; los asesores del presidente; tendrán derecho a un pasaje quincenal de ida y vuelta, para cumplir las actividades legislativas.
En septiembre de 2025, la Asamblea firmó dos contratos para la provisión de pasajes aéreos nacionales y para el exterior por USD 960.000.
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