Contraloría amplía plazo para declaración patrimonial de funcionarios considerados 'Personas Expuestas Políticamente'
El nuevo límite será el 15 de septiembre de 2025. La obligación determinada por la Contraloría rige para altos cargos del Estado, asambleístas, autoridades locales, jueces, diplomáticos, mandos policiales y militares, entre otros.

Edificio de la Contraloría General del Estado, en el centro norte de Quito, 23 de abril de 2025.
- Foto
API
Autor:
Actualizada:
Compartir:
La Contraloría General del Estado (CGE) extendió hasta el 15 de septiembre de 2025 el plazo para que los servidores públicos considerados Personas Expuestas Políticamente (PEP) presenten su nueva declaración patrimonial jurada.
Inicialmente, la fecha límite era el 31 de agosto, pero el contralor general, Mauricio Torres, firmó el Acuerdo No. 031-CG-2025 que regula el registro electrónico de estas declaraciones y amplió el periodo para facilitar el cumplimiento.
La obligación deriva de las reformas a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos, vigente desde el 29 de julio, que modificó también la normativa sobre declaraciones patrimoniales juradas.
El trámite es gratuito y se realiza únicamente en línea, a través de la página web de la Contraloría.
Según la CGE, la declaración debe detallar ingresos, cargos, bienes y vínculos económicos dentro y fuera del país, tanto del funcionario como de su cónyuge e hijos menores.
La omisión de este deber será considerada una falta grave sancionada de acuerdo con la Ley Orgánica de Servicio Público.
¿Quiénes deben presentar la declaración patrimonial?
- Todos los cargos de elección popular.
- Servidores públicos del grado 5 al 10 del nivel jerárquico superior y sus equivalencias.
- Subgerentes de área.
- Directores, gerentes, subgerentes, asesores y coordinadores de empresas públicas estatales.
- En Fuerzas Armadas y Policía Nacional: desde el grado de teniente coronel.
- En la Fuerza Naval: desde capitán de fragata.
- Alcaldes, vicealcaldes, concejales, administradores, comisarios, directores, gerentes, subgerentes, asesores y coordinadores de los gobiernos autónomos descentralizados.
- Asambleístas principales y suplentes, y personal directivo de libre nombramiento y remoción de la Asamblea Nacional.
- Gobernadores e intendentes.
- Prefectos, viceprefectos, consejeros y directores de prefecturas.
- Diplomáticos, embajadores y cónsules, tanto en el país como en el exterior.
- Magistrados, jueces, conjueces, fiscales, presidente y vocales, director general y provinciales, asesores y coordinadores del Consejo de la Judicatura.
- Gerentes y directores de hospitales, centros o unidades de salud.
- Directores del Ministerio de Educación.
La Contraloría aclaró que las unidades de Talento Humano de cada institución deberán notificar a los servidores alcanzados por esta obligación y verificar que cumplan con el registro en el sistema electrónico de declaraciones.
Compartir: