Correísmo sufre revés judicial: juez declara improcedente acción de protección contra Niels Olsen
Con esta acción de protección, la bancada correísta aspiraba a que se deje sin efecto la elección de los vocales del CAL de la Asamblea, pero el juez a cargo archivó el pedido.

Audiencia de la acción de protección de la bancada RC contra el presidente de la Asamblea, Niels Olsen, en el complejo judicial norte en Quito, 12 de junio de 2025.
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Autor:
Roberto Rueda
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En el Complejo Judicial, ubicado en el norte de Quito, se desarrolló este 12 de junio la audiencia de la acción de protección interpuesta por la bancada de la Revolución Ciudadana (RC) contra el presidente de la Asamblea, Niels Olsen.
La diligencia se instaló a las 09:00 de este jueves. El legislador por el Azuay, Roque Ordóñez, acudió como representante del bloque correísta, junto a la abogada Lorena Correa.
Del lado de la Asamblea asistió Mercedes Mediavilla como procuradora de la entidad y el abogado Edgar Lagla, escogido para defender a Olsen.
Cada una de las partes tuvo 40 minutos para dar a conocer sus argumentos, y tras poco más de dos horas, el juez Santiago Altamirano negó el pedido del correísmo, declarándolo como improcedente.

La decisión del juez
En su resolución, el juez Altamirano dijo que no quedó claro cuál era el reclamo exacto y los derechos que alegaba el correísmo fueron vulnerados.
Según el magistrado, se pretendía que analice y se pronuncie sobre temas que corresponden exclusivamente al ámbito legislativo, y sobre los cuales la propia Corte Constitucional se ha pronunciado defendiendo la independencia de las funciones del Estado.
Con ese argumento, el juez Altamirano archivó la causa declarándola improcedente, porque no encontró que se haya violado ningún derecho a la bancada de RC, más allá de que pueda existir una inconformidad con las actuaciones del presidente de la Asamblea, Niels Olsen.
"Se ha querido desnaturalizar la acción de protección”.
Santiago Altamirano, juez de Ecuador
Lo que argumentaba el correísmo
La audiencia inició con la abogada Correa indicando que antes de la instalación de la Asamblea Nacional, el pasado 14 de mayo de 2025, la bancada de RC notificó a la presidencia que Mónica Salazar renunció a ser parte de esa agrupación política y, por lo tanto, queda excluida.
Pese a ello, señaló Correa, el día de la sesión inaugural no se dio la palabra a ningún representante del correísmo para que mocione el nombre de su representante para el Consejo de Administración Legislativa (CAL).
Y según Correa, fueron los asambleístas de Acción Democrática Nacional (ADN) los que acapararon las intervenciones y la moción de los nombres para integrar el organismo.
“Se violaron los derechos de participación”, señaló la defensora del correísmo, bancada que en más de una ocasión ha asegurado que supuestamente Olsen no los deja intervenir en el Pleno.
Precisamente, en aquella primera sesión fue el excorreísta y actual integrante de la bancada de ADN, Ferdinan Álvarez, quien mocionó el nombre de Mónica Salazar para que conforme el CAL.
Todo esto ocurrió ante el reclamo del correísmo que insistía en que ella ya no es parte de esa organización.

¿Qué pedía el correísmo al juez?
La abogada Correa pidió al juez Altamirano que acepte la acción de protección, reconociendo la supuesta violacion de derechos constitucionales.
Con esta acción de protección, el correísmo esperaba que el juez deje sin efecto la selección de los cuatro vocales del CAL.
Incluso, la RC aspiraba a que se vuelva a llamar a una nueva sesión para volver a conformar el CAL, en la que se otorgue oportunamente la palabra a los integrantes de la Revolución Ciudadana.
Esto dijo la defensa de Olsen
Por su parte, la abogada Mediavilla calificó como improcedente el pedido de Revolución Ciudadana para que quede sin efecto lo resuelto en la primera sesión de la Asamblea.
Recordó que hay sentencias de la Corte Constitucional (CC) que señalan que ser elegidos como presidente, vicepresidente y otros cargos como los del CAL no constituyen un derecho constitucional.
También, expresó que las decisiones internas que se adopten en la Asamblea no están sujetas a revisión y control de otras instancias judiciales y constitucionales.
Mediavilla aseguró que existía un vacío al no haber más bancadas que la de ADN y Revolución Ciudadana, y que la ley establece que ante este vacío es posible completar el CAL con legisladores de otras fuerzas políticas minoritarias, como habría sucedido.
Por otro lado, el abogado de Olsen defendió que las decisiones adoptadas ese 14 de mayo fueron alcanzadas por mayoría absoluta, la forma como funciona la Asamblea y eso constituye un acto legislativo y no administrativo.
Negó que Olsen, en su calidad de titular de la Asamblea, haya restado oportunidades a la bancada correísta, y alegó más bien que los legisgadores de la RC ya fueron elegidos, sin ningún impedimento, el pasado 9 de febrero.
En aquella elección, la RC alcanzó 67 curules, aunque ahora tiene tres menos con la salida de Salazar y la expulsión de Sergio Peña y David Arias.
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