Corte Constitucional admite a trámite demandas contra la Ley de Transparencia Social y la Ley de Fortalecimiento Crediticio
Las dos normas fueron remitidas por el presidente Daniel Noboa a la Asamblea como proyectos económicos urgentes en 2025.

Imagen de archivo de la Corte Constitucional, en Quito, en octubre de 2025.
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Redacción Primicias
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La Corte Constitucional admitió a trámite dos demandas de inconstitucionalidad contra la Ley de Transparencia Social y la Ley de Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia, dos de los proyectos económicos urgentes presentados por el presidente Daniel Noboa en agosto y septiembre de 2025.
Según el máximo órgano de control constitucional del país, las acciones cumplen con los requisitos formales y constitucionales necesarios para ser analizadas. Las causas admitidas son:
- 118-25-IN y acumulados, sobre varias disposiciones de la Ley Orgánica de Transparencia Social.
- 160-25-IN y acumulados, respecto de varias disposiciones de la Ley de Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia.
La primera norma cuestionada es la Ley Orgánica de Transparencia Social, que inicialmente fue presentada como Ley de Fundaciones y que se encuentra vigente desde agosto de 2025.
Esta ley establece un marco jurídico para la prevención, detección y control de flujos irregulares de capitales por parte de personas naturales y jurídicas, con especial énfasis en las organizaciones sociales sin fines de lucro.
Tras su aprobación, la norma generó preocupación en distintos sectores, incluidas organizaciones no gubernamentales. En la Asamblea Nacional, sectores de oposición sostuvieron que el Gobierno busca criminalizar a estas entidades.
Ley de Fortalecimiento Crediticio acumuló varias demandas desde su entrada en vigencia
Semanas después, el Ejecutivo envió el proyecto de Ley de Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia, que fue aprobado el 26 de septiembre de 2025.
Entre sus principales disposiciones consta la facultad otorgada al Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) para vender su cartera vencida, es decir, créditos hipotecarios, quirografarios o prendarios que no han sido pagados a tiempo por afiliados o jubilados.
La norma también introduce reformas a la Ley de Seguridad Social para modificar el sistema de designación y remoción de autoridades del IESS, como el director general, el subdirector general, los miembros de la Comisión Nacional de Apelaciones, el director actuarial y el auditor interno, entre otros cargos.
Tras su publicación en el Registro Oficial, en octubre de 2025 comenzaron a presentarse ante la Corte Constitucional las primeras acciones de inconstitucionalidad. Entre los argumentos expuestos se señala que la venta de la cartera vencida del Biess podría comprometer el patrimonio del sistema de seguridad social.
Cuatro meses después, este 11 de febrero de 2026, se confirmó que las demandas presentadas por ciudadanos y organizaciones sociales serán analizadas por la Corte, que deberá pronunciarse en los próximos días.
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