La Corte Constitucional inadmitió todas las demandas contra el adelanto de las elecciones seccionales
La decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de mover las elecciones del 14 de febrero de 2027 al 29 de noviembre de 2026 recibió siete demandas de inconstitucionalidad, pero todas fueron desechadas.

Imagen referencial de un proceso electoral en Ecuador.
- Foto
CNE
Autor:
Actualizada:
Compartir:
En marzo de 2026, el Consejo Nacional Electoral (CNE), entonces todavía presidido por Diana Atamaint, aprobó una resolución para adelantar las elecciones seccionales 11 semanas, del 14 de febrero al 29 de noviembre.
La decisión puso en aprietos a todas las organizaciones políticas, puesto que redujo todas las etapas del calendario electoral que ya había sido aprobado en febrero. El argumento fue un informe de la Secretaría de Gestión de Riesgos que hablaba de las probabilidades de que un intenso fenómeno de El Niño golpee al país en los primeros meses de 2027.
La medida fue rechazada por los partidos y movimientos nacionales, a excepción del oficialismo, organizaciones de la sociedad civil y parte de la ciudadanía.
Fue por eso que, entre el 30 de marzo y el 17 de julio, la Corte Constitucional recibió siete demandas contra la resolución del CNE. Entre los argumentos planteados estuvieron las transgresiones de los derechos a la seguridad jurídica, a participar en elecciones, al debido proceso.
Todas fueron inadmitidas. El Tribunal de Admisiones sostuvo que las afirmaciones de los demandantes "no son pertinentes, claros, ciertos y específicos con relación a una incompatibilidad con la Constitución".
Sin embargo, el organismo sí reconoció que los argumentos "no plantean un problema de naturaleza constitucional sino de simple conveniencia". Por lo tanto esto no pueden ser analizados por la Corte.
Compartir:











