Presentan demandas de inconstitucionalidad contra la tasa de recolección de basura en Quito
Las acciones fueron presentadas ante la Corte Constitucional del Ecuador tras las quejas ciudadanas por incrementos de hasta 2.300% en el cobro del servicio.

El concejal Wilson Merino (centro) presenta una demanda de inconstitucionalidad por la tasa de recolección de basura en Quito.
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Las continuas quejas por el aumento de la tasa de recolección de basura en Quito, que desde octubre de 2025 pasó de cobrarse en la planilla de luz a la de agua potable, derivaron en la presentación de dos demandas de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional del Ecuador.
Las acciones fueron impulsadas por los concejales Michael Aulestia y Wilson Merino, quienes cuestionaron el nuevo cálculo aplicado para el cobro del servicio en la capital.
Esta metodología fue aprobada en diciembre de 2025 por el Concejo Metropolitano de Quito, pero ha generado numerosas quejas ciudadanas, especialmente por planillas con incrementos de hasta 2.300%.
Según el Municipio de Quito, el ajuste responde a que los USD 6 millones mensuales que cuesta el servicio se distribuían entre 1,2 millones de usuarios con medidor eléctrico, mientras que ahora se divide entre cerca de 700.000 usuarios con medidor de agua.
Sin embargo, moradores señalan que el criterio no es adecuado, ya que el aumento afecta incluso a sectores que no cuentan de forma regular con el servicio de agua potable o de recolección de basura.
Tras evidenciar los incrementos, ciudadanos acudieron a las oficinas de la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento (Epmaps) para buscar soluciones. No obstante, el alcalde Pabel Muñoz adelantó que el cobro no será revisado al menos hasta finales de febrero de 2026.
El concejal Michael Aulestia fue el primero en presentar una acción constitucional. Señaló que en su demanda detalló el funcionamiento actual de la tasa, el cual fue socializado por el Municipio mediante una publicación con pizzas y personajes de las Tortugas Ninja.
En el documento presentado por el concejal Merino, el pedido de inconstitucionalidad se fundamenta en tres aspectos:
- Violación al principio de equivalencia: la ordenanza no demostraría que el valor cobrado guarda relación con el costo real del servicio de recolección, barrido y disposición final de residuos.
- Impuesto encubierto: al basarse en un parámetro ajeno al servicio prestado, la tasa perdería su naturaleza jurídica y funcionaría, en la práctica, como un impuesto cuya creación corresponde al Gobierno central.
- Alertas ignoradas: el concejal aseguró que advirtió previamente al Concejo sobre posibles riesgos de inconstitucionalidad, observaciones que —según dijo— no fueron consideradas.
Aulestia agregó que su demanda fue asignada al juez Jhoel Escudero y que, mientras se califica la causa, podría disponerse la suspensión de la ordenanza que establece la nueva tasa de recolección de basura.
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