La Ley de Transparencia Social, que regula a las fundaciones, fue publicada en el Registro Oficial
La Ley de Transparencia Social o de Fundaciones fue aprobada hace dos días por la Asamblea Nacional. El presidente Daniel Noboa no realizó cambios al texto y la envió al Registro Oficial.

Sesión del pleno de la Asamblea Nacional, en la que se aprobó la Ley de Transparencia Social, para regular a las fundaciones en Ecuador, el 26 de agosto de 2025.
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La Ley de Transparencia Social, que inicialmente se llamó Ley de Fundaciones, ya fue publicada en el Registro Oficial del Ecuador, este 28 de agosto de 2025, tras su aprobación en la Asamblea hace dos días.
Esta nueva Ley, que fue enviada por el presidente Daniel Noboa como proyecto económico urgente, con el objetivo de regular fundaciones y Organizaciones No Gubernamentales (ONG), ha generado diversos cuestionamientos y preocupación.
Otra 'ley trole'
Y, como ha caracterizado a todos los proyectos de ley económico urgentes enviados por el presidente Noboa desde el inicio de su segundo mandato, la Ley de Fundaciones fue mutando e incluyó otros temas.
Se incluyeron reformas a la Ley de Minería, al mecanismo de liquidación de Empresas Públicas, entre otros. Incluso, hay una transitoria que menciona algo sobre el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
El texto dice que el IESS "no podrá cobrar multas o recargos a las instituciones del Estado o empresas públicas que reciban como pasivos los pagos de aportes, fondos de reserva y demás que corresponda a los trabajadores, empleados o servidores públicos, de las instituciones del Estado que, por liquidación pierdan o se elimine su personería jurídica".
La Ley de Transparencia Social también reforma sustancialmente la forma de cálculo de impuestos a las utilidades de los accionistas en las empresas.
Cuando el Ejecutivo envió el proyecto de Ley de Fundaciones a la Asamblea, argumentó que organizaciones de la sociedad civil, fundaciones, corporaciones, ONG y organizaciones comunitarias en Ecuador son "vulnerables a ser utilizadas, consciente o inconscientemente, para fines ilícitos".
Pero su aprobación ha generado preocupación en diversos sectores, incluyendo a las propias organizaciones.
Con la entrada en vigencia de la Ley, las organizaciones sociales sin fines de lucro que operen en Ecuador, deberán registrarse en el Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro, en un plazo no mayor a (180) días.
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