El Consejo de Participación aprueba reformas al reglamento para elegir al nuevo Fiscal General del Estado
El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) actualizó varios artículos del reglamento para la selección de Fiscal General del Estado, tras recibir aportes gremiales.

Sesión extraordinaria virtual del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social del viernes 20 de junio de 2025.
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El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) aprobó (con cinco votos a favor y dos abstenciones) las reformas al reglamento para la selección de la primera autoridad de la Fiscalía General del Estado. Esto ocurrió la tarde del viernes 20 de junio de 2025, en sesión extraordinaria virtual.
El proceso tomó relevancia luego de que la fiscal general subrogante, Diana Salazar, renunció a su cargo el pasado 20 de mayo, dejando vacante una de las funciones más sensibles del sistema de justicia del país.
Estas modificaciones, que ajustan varios artículos del reglamento aprobado originalmente en septiembre de 2024, se realizaron tras la recepción de observaciones técnicas de consejeros y gremios profesionales, como la Federación Nacional de Abogados del Ecuador, cuyo presidente Paul Ocaña Merino participó en una comisión general.
Las reformas fueron trabajadas en mesas técnicas convocadas por la Coordinación General de Asesoría Jurídica y concluidas el 16 de junio. El CPCCS determinó que los cambios “no vulneran el ordenamiento jurídico ni los principios del concurso”, por lo que son viables para su aplicación en la siguiente etapa del proceso.
Principales reformas al reglamento:
Artículo 6 (Veeduría ciudadana):
- La veeduría se activará únicamente cuando se convoque a la conformación de la comisión ciudadana encargada del concurso.
Artículo 22, numeral 19:
- Se especifican los delitos relacionados con corrupción, crimen organizado y administración pública que inhabilitan a los postulantes procesados, enjuiciados o condenados. Además, se deroga el numeral 21, que impedía participar a abogados que hayan ejercido defensa técnica en ciertos casos penales, salvo que exista sanción por actuación antiética o en estructuras criminales.
Artículo 36 (Materias relevantes):
- Se sustituyen áreas como derecho administrativo y ética por litigación oral y justicia penal para adolescentes. El enfoque en derecho internacional se limitará a lo penal.
Artículo 37, capítulo 3.2.1 (Méritos en libre ejercicio):
- Se ajustan los criterios para valorar la experiencia profesional de los abogados penalistas, priorizando la participación en audiencias penales y recursos jurídicos específicos.
Evaluación de otros méritos:
- Se incorpora la categoría de distinciones académicas cum laude y suma cum laude en doctorados afines al concurso, con un máximo de un punto adicional.
Artículo 38 (Acción afirmativa):
- Se incluye la documentación como medio de verificación para valorar acciones afirmativas.
La consejera Nicole Bonifaz dijo que se cometieron una serie de inconstitucionalidades en el proceso de reforma a este reglamento de selección del fiscal general. Por ello, aseguró que no envió cambios y votó en abstención.
Estas reformas surgen como respuesta a críticas sobre la falta de precisión técnica del reglamento original. En octubre de 2024, el CPCCS lo había inscrito en el Registro Oficial, pero posteriormente reconoció la necesidad de ajustarlo antes de abrir la convocatoria al concurso, luego del cambio de los miembros de esta entidad.
Se prevé que, con la normativa ajustada, el CPCCS convoque en los próximos días al inicio formal del proceso de selección de fiscal general. El organismo ha prometido que este será un concurso “transparente, técnico y con control ciudadano efectivo”.
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