Roberto Cuero y Ronal González, asambleístas de RC, suspendidos 30 días sin sueldo
"Ser asambleísta implica responsabilidad dentro y fuera de la institución", sostiene el presidente de la Asamblea Nacional, Niels Olsen (ADN), tras sanción contra Roberto Cuero y Ronal González, del correísmo.

Roberto Cuero, asambleísta de la Revolución Ciudadana, en una sesión de la Comisión de Fiscalización, el 18 de julio de 2021.
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El Consejo de Administración Legislativa (CAL) suspendió durante un mes sin sueldo a Roberto Cuero y Ronal González, asambleístas de la bancada correísta de la Revolución Ciudadana (RC), este 23 de febrero de 2026, mientras archivó una queja contra Andrés Castillo, del bloque oficialista ADN.
En el caso de Roberto Cuero, fue sancionado “con 30 días de suspensión sin remuneración, por incurrir en una falta grave al proferir expresiones de carácter ofensivo y descalificador en contra del legislador Sergio Peña (ADN), en el contexto de un accionar inadecuado en contra de las Fuerzas Armadas” por parte del asambleísta del correísmo, informó la Asamblea.
La queja presentada ante el CAL por el asambleísta Sergio Peña se fundamentó en un presunto comportamiento intimidatorio por parte del legislador Cuero, derivado de agresiones verbales difundidas a través de redes sociales.
El caso llegó al Pleno el 3 de febrero de 2026, luego de que el oficialismo increpara a Cuero por un video de 2024 que se viralizó recientemente, en el que se observa al asambleísta de la RC y exgobernador del Guayas, junto a su esposa, confrontando a uniformados.
Según explicó Cuero, el altercado ocurrió después de que su hijo presuntamente fuera golpeado por militares tras ser bajado de una camioneta que circulaba sin placas. Los padres acudieron al sitio luego de que el joven los llamara. “Créanme, se los digo con toda firmeza, lo volvería a hacer un millón de veces, porque estábamos defendiendo a nuestro hijo”, afirmó Cuero.
El presidente de la Asamblea, Niels Olsen (ADN), dijo que se busca sentar un precedente con la máxima sanción que contempla la Ley Legislativa para una falta grave.
"No permitiremos, bajo ninguna circunstancia, la agresión, la intimidación ni el amedrentamiento. Quien pretenda usar este cargo para colocarse por encima de la ley encontrará límites claros, siempre dentro del marco institucional".
Niels Olsen, presidente de la Asamblea
Olsen remarcó en su cuenta de X que "ser asambleísta implica responsabilidad dentro y fuera de la institución (...). Los ecuatorianos nos exigen estar a la altura".
Ronal González, sancionado otra vez
Asimismo, el asambleísta Ronal González (RC) fue suspendido por el CAL con 31 días sin remuneración, por incurrir en una falta administrativa muy grave, dentro de la queja presentada por el legislador Jorge Chamba, conforme al artículo 171 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
La resolución señala que la conducta analizada -tras un altercado en la sala de sesiones del Legislativo- constituye un hecho reincidente y una práctica sistemática que afecta el correcto desarrollo de la actividad legislativa y el orden parlamentario.
Se trata de una nueva sanción para González, quien el 13 de junio de 2025 ya fue suspendido durante dos meses sin sueldo luego de haber acudido a la sede del Legislativo con un megáfono en mano para increpar a sus colegas.

Se archivó queja contra el asambleísta Andrés Castillo
Además, el CAL archivó una queja de la asambleísta Liliana Durán (RC) en contra de Andrés Castillo, asambleísta de ADN que cumple una suspensión de 30 días sin sueldo por otra queja de Comps Córdova, del correísmo, después de unos incidentes en el Pleno.
Durán denunció que sufrió un acto de discriminación en octubre de 2025 cuando el oficialista le dijo en el Pleno: “Le ruego a la presidenta del club de la lectura que se calle, le ruego, se le va a volar la dentadura”.
Durante el trámite de las quejas, el CAL cumplió con el procedimiento establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa y el reglamento correspondiente, que incluyó el conocimiento, la calificación y la admisión a trámite, informó la Asamblea sobre estas resoluciones.
Además, se analizaron las pruebas aportadas por las partes y se recibieron sus versiones, en observancia a lo dispuesto en el artículo 11 del reglamento respectivo, garantizando el debido proceso, concluyó.
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