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Política

TCE archiva impugnación del correísmo a resultados electorales y advierte posible deslealtad procesal

Una nueva objeción del correísmo a los resultados de la segunda vuelta presidencial termina en el archivo del TCE por duplicidad de recursos presentados.

Una delegada de la alianza Revolución Ciudadana-Reto entrega un reclamo el 22 de abril del 2025 en la sede del CNE, en Quito.

Una delegada de la alianza Revolución Ciudadana-Reto entrega un reclamo el 22 de abril del 2025 en la sede del CNE, en Quito.

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Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

05 may 2025 - 22:54

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El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) envió al archivo este lunes, 5 de mayo de 2025, un nuevo reclamo de la alianza correísta Revolución Ciudadana-Reto a los resultados de segunda vuelta presidencial en Ecuador.

La resolución se adoptó con cuatro votos a favor y uno en contra en el Pleno del Tribunal, tres días después de que Francisco José Estarellas Solís, procurador común de la alianza Lista 5-33, ingresara el recurso subjetivo contencioso electoral.

El recurso de Estarellas iba en contra de la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) que negó la impugnación a los resultados numéricos. Solo el juez Fernando Muñoz votó en contra de la sentencia del TCE cuya ponente fue Ivonne Coloma, presidenta de esta instancia.

  • Entre la primera y la segunda vuelta electoral, Daniel Noboa logró quitarle 25 cantones al correísmo

Según el pronunciamiento del TCE, en el momento en que se presentó el recurso ante esta instancia jurisdiccional, ya se encontraba en trámite un recurso administrativo ante el CNE. Este fue resuelto mediante la Resolución N.º CNE-1-2-5-2025, emitida y debidamente notificada al peticionario el 2 de mayo de 2025.

El tribunal también tomó en cuenta una segunda certificación suscrita por el Pleno del órgano electoral administrativo, que confirma la existencia del proceso previo.

En su análisis, el TCE observó que el recurrente presentó recursos tanto en sede administrativa como jurisdiccional sobre la misma resolución. Por lo tanto, el tribunal determinó que no le corresponde pronunciarse sobre un asunto ya conocido por el CNE, y para el cual el peticionario dispone de los medios de impugnación previstos en el Código de la Democracia.

El tribunal además advirtió que este tipo de prácticas podría configurar deslealtad procesal.

En medio del feriado por el Día del Trabajo, el correísmo presentó esta impugnación ante el TCE luego de que el 2 de mayo el CNE inadmitiera la apelación sobre casi 14.000 actas con supuestas inconsistencias.

  • #TCE
  • #Revolución Ciudadana
  • #resultados electorales
  • #segunda vuelta

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