"Máxima sanción" para el Municipio de Quito por renovar licencia de construcción en Bellavista
La Superintendencia de Ordenamiento Territorial sancionó al Municipio de Quito por reactivar una licencia de construcción caducada en un predio ubicado en Bellavista, en una zona considerada de alto riesgo.

Imagen referencial del sector de Bellavista, en el norte de Quito, en 2024.
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Cabildo Cívico de Quito
Autor:
Redacción Primicias
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La Superintendencia de Ordenamiento Territorial (SOT) multó al Municipio de Quito con la "máxima sanción por haber reactivado una licencia de construcción en un predio ubicado en una zona de alto riesgo", específicamente en el sector Bellavista, en el norte de la ciudad.
La Superintendencia detalla, en la notificación que llegó el 30 de enero de 2026, que el Municipio capitalino reincidió en la infracción administrativa al reactivar una Licencia Metropolitana Urbanística de edificación (LMU20) caducada para el proyecto habitacional Panorama III.
Es por eso que aplicó la sanción prevista en el artículo 18 de la Ley de Ordenamiento Territorial Uso y Gestión del Suelo, que determina una multa que va entre los 50 y 100 salarios básicos (USD 24.100 - USD 48.200, en 2026).
La Superintendencia es una entidad técnica de vigilancia y control, con capacidad sancionatoria, personería jurídica de derecho público y patrimonio propio, que funcionará de forma desconcentrada e independiente y formará parte de la Función de Transparencia y Control Social.
La entidad señala, además, que existen informes técnicos previos que advertían expresamente el peligro del predio.
"Cerca del 50% de la superficie del terreno se encuentra sobre un relleno de quebrada, con un talud artificial cuya pendiente supera el 70%, situación que compromete gravemente la estabilidad del suelo".
SOT
Agrega que la misma Secretaría de Seguridad y Gobernabilidad del Municipio de Quito advirtió, en el Informe Técnico de Calificación de Riesgo Nro. I-0060ECR-AT-DMGR-2022, que el proyecto representa "riesgo para la vida, la integridad física y la seguridad de la población aledaña, al tratarse de un suelo de uso residencial con cercanía a una arteria vial".
La Superintendencia insiste en que aplicó la sanción luego de verificar el incumplimiento del artículo 2214 del Código Municipal, que regula las normas de construcción sismorresistentes, además de constatar que el predio no contaba con informes favorables de la Secretaría de Seguridad ni de la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable (Epmaps).
Medidas de reparación
La sanción de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial no se limita únicamente a la multa económica, también ordena al Municipio de Quito aplicar dos medidas de reparación:
- Evaluar técnica y jurídicamente el procedimiento de reactivación de la licencia. De identificarse vicios de legalidad, deberá declarar su nulidad y adoptar las actuaciones administrativas correspondientes.
- Iniciar el procedimiento de derrocamiento e indemnización del inmueble, de ser el caso, garantizando el debido proceso, la seguridad jurídica y el respeto a los derechos adquiridos.
Informe a la Contraloría
En el informe enviado al Municipio de Quito, la Superintendencia de Ordenamiento Territorial también informó que, ante "las omisiones e inobservancias detectadas y, considerando la reincidencia en la reactivación irregular de la licencia, la Superintendencia trasladará el expediente a la Contraloría General del Estado".
Sin embargo, aclaró que el Municipio puede apelar su decisión en las áreas administrativas o judiciales.
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