Caso Malvinas | Tras seis semanas de juicio, Tribunal pasa a deliberar y se tomará una semana para dictar sentencia
El fiscal del caso solicitó 34 años y ocho meses de prisión para el subteniente John Henry Z. E., acusado como autor de la desaparición forzada de cuatro menores de edad. Se solicitó 30 meses de pena para cooperadores eficaces y siete años para un teniente coronel, como presunto cómplice.

Base Aérea Taura, ubicada en el kilómetro 24,5 de la vía Durán-Tambo en Guayas, centro de operaciones de las dos patrullas militares involucradas en la desaparición de cuatro menores de edad del caso Malvinas.
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Redacción primicias
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La audiencia de juicio por la presunta desaparición forzada de cuatro menores de edad del sector de Las Malvinas, en el sur de Guayaquil, se reanudó este lunes 15 de diciembre de 2025 con la individualización de la acusación fiscal contra el teniente coronel Juan Francisco I. M., procesado como presunto cómplice, y contra el subteniente John Henry Z. E., como principal responsable.
La Fiscalía le atribuye un posible encubrimiento o contribución posterior a los hechos investigados al teniente coronel y pidió una pena de siete años y cuatro meses de prisión, además del pago de una indemnización de USD 10.000 para las familias.
La diligencia, convocada por el Tribunal de Juicio, se reanudó luego de que se completara la semana anterior la acusación contra 10 de los 17 militares de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) procesados en este caso. Al final de la sesión, el juez ponente del caso dio por terminada la etapa de debate y anunció el inicio del proceso de deliberación. El Tribunal prevé tomarse una semana para emitir sentencia.
A la acusación del coronel le siguieron los alegatos de clausura a favor y en contra del subteniente John Henry Z. E. al mando de la patrulla militar que detuvo a las cuatro víctimas, la noche del 8 de diciembre de 2024, considerado por la Fiscalía como el principal responsable del cometimiento del delito.
El subteniente es acusado de conducir a las víctimas a una zona apartada de Taura (Naranjal, Guayas), de agredir a los niños a correazos, de pisarlos, de intimidarlos mediante disparos durante el "procedimiento ilegal" y de obligarlos a desnudarse. Fiscalía solicitó 34 años y ocho meses de prisión para el subteniente, señalado como autor directo y principal responsable de la desaparición forzada.
Josué e Ismael Arroyo, Nehemías Arboleda y Steven Medina, de entre 11 y 15 años, fueron detenidos en el sur de Guayaquil por 16 militares tras una alerta por un presunto robo. Y sus restos se hallaron calcinados el 24 de diciembre de 2024 en un lugar agreste, 11 kilómetros al sur de Taura, en el caso más grave de violación de derechos humanos por agentes estatales en las últimas décadas en Ecuador.
El Tribunal escuchó también las intervenciones relacionadas con cinco militares que se acogieron a un mecanismo de cooperación eficaz con la Fiscalía, para quienes se solicitó una pena reducida de 30 meses de prisión. El fiscal del caso solicitó la semana anterior 34 años y ocho meses de prisión para 10 acusados como presuntos autores directos, además de multas e indemnizaciones.
15/12/2025
15:11
Tribunal entra en deliberación y fija para el 22 de diciembre la fecha preliminar de la resolución del caso Malvinas
El juez ponente del caso Malvinas, Jovanny Suárez Chávez, dispuso la suspensión de la audiencia de juicio una vez concluidas todas las intervenciones y alegatos finales sobre las acusaciones y responsabilidades de los 17 procesados. Con ello, el Tribunal de juicio dio por cerrada la etapa de debate y anunció el inicio del proceso de deliberación.
Suárez explicó que, debido al volumen de la prueba incorporada y a las distintas pretensiones de las partes procesales, el Tribunal requiere tiempo para analizar de manera integral los elementos expuestos durante el juicio, que se inició el 5 de noviembre de 2025 y se desarrolló a lo largo de 15 sesiones durante casi seis semanas.
El Tribunal Penal de Guayaquil podría emitir una sentencia condenatoria o absolutoria para todos o para parte de los 17 procesados por el delito de desaparición forzada.
El magistrado señaló que la resolución del caso será anunciada el lunes 22 de diciembre de 2025, a las 08:15, fecha que quedó fijada de manera oral y que será ratificada mediante notificación en la casilla judicial. No obstante, indicó que, si la deliberación concluye antes, el fallo podría ser comunicado el jueves o viernes previos, lo que se informaría oportunamente por los canales oficiales.

Prenda interior en parte carbonizada hallada adherida a uno de los cuerpos, víctimas del caso Malvinas, hallada en un lugar rural de difícil acceso al norte del recinto Casa de Zinc, Taura.Función Judicial
15/12/2025
15:05
Fiscalía pide pena de 30 meses de prisión para cooperadores
El fiscal del caso expone la acusación contra cinco de los militares, quienes pese a haberse acogido a un mecanismo de cooperación eficaz con Fiscalía, son señalados también como autores directos del delito de desaparición forzada.
Durante su alegato de cierre, la Fiscalía sostuvo que la cooperación no exime al Tribunal de analizar la responsabilidad penal a partir del conjunto de pruebas incorporadas en el juicio. Y solicitó una pena reducida para los siguientes procesados como cooperadores:
1.- Sargento Nelson Oswaldo S. Z.
2.- Cabo primero Moisés Israel L. L.
3.- Cabo segundo Alex Xavier Q. A.
4.- Soldado Carlos Xavier E. M., quien documentó las agresiones a las afueras de Taura porque sintió que todo se estaba saliendo de control ("la cosa se estaba poniendo fea") y envió un video a su hermana, una prueba clave presentada en la audiencia de juicio.
5.- Soldado Christian Eduardo A. Q.
Christian Fárez, el fiscal del caso, recordó que entre las pruebas constan análisis de audios y videos extraídos de dispositivos móviles, incluidos registros fechados la noche del 8 de diciembre de 2024, que fueron reproducidos en audiencia.
A esto se sumó el testimonio de los propios cooperadores eficaces, quienes reconocieron su participación y aportaron detalles sobre la dinámica de los hechos, incluyendo agresiones físicas contra las víctimas, órdenes impartidas para trasladarlas a “una poza” en Taura, disparos intimidatorios y el posterior abandono en una zona rural.
El fiscal argumentó que la materialidad del delito se encuentra acreditada mediante pericias médico-legales, que evidencian lesiones compatibles con los relatos de violencia, así como por análisis de comunicaciones internas y mensajes en chats de asesoría jurídica militar que refuerzan la versión de los hechos.
En ese contexto, sostuvo que el delito es de carácter permanente y pluriofensivo, cometido con dolo, y agravado por la participación de más de una persona, por el ensañamiento y por la condición de menores de edad de las víctimas.
Aunque la Fiscalía solicitó originalmente una pena de 34 años y ocho meses de prisión para los autores directos, el fiscal explicó que, al haberse verificado los requisitos de la cooperación eficaz -cuya información fue corroborada con prueba-, corresponde aplicar una reducción conforme al Código Orgánico Integral Penal (COIP) del 10% de la pena.
Por ello, pidió que se imponga una pena privativa de libertad de 30 meses a los cooperadores, además de una multa de 800 salarios básicos (USD 376.000) y el pago de USD 10.000 de reparación simbólica a favor de las familias de las víctimas. La acusación particular solicita que la reparación económica sea de USD 100.000 y que las Fuerzas Armadas incorporen a su pénsum académico obligatorio clases de derechos humanos.
Abogados de los cooperadores eficaces piden 26 meses de prisión
Según el alegato de los abogados de los cooperadores eficaces, los militares describieron episodios clave del operativo, como traslado irregular, disparos intimidatorios realizados cerca de uno de los menores, agresiones físicas y despojo de prendas de vestir.
Estas afirmaciones -arguyen- fueron contrastadas con pericias informáticas, audios y mensajes extraídos de un grupo de WhatsApp de asesoría jurídica militar, así como con un videos enviado por un colaborador, cuyo contenido evidenciaría las agresiones.
Estos testimonios -según la defensa- fueron respaldados por peritajes criminalísticos que confirmaron la quema de ropa, el cotejamiento de prendas, la presencia de rastros de sangre en vehículos militares y lesiones compatibles con violencia física. También sostuvo que la colaboración permitió revelar intentos de encubrimiento, coordinación de versiones y ocultamiento de información tras los hechos.
Los abogados también han argumentado que la cooperación eficaz cumplió su finalidad constitucional de romper pactos de silencio y restablecer la verdad..
En cuanto a una eventual sentencia condenatoria, se respaldó la aplicación de la reducción de pena prevista en el COIP, pero se cuestionó el cálculo planteado por la Fiscalía, al señalar que el 10% de la pena mínima correspondería a 26 meses de prisión y no a 30 meses, dejando el análisis final en manos del Tribunal. También se pidió que la multa a favor del Consejo de la Judicatura sea dividida para los 17 procesados y se rechazó la potencial indemnización de USD 100.000 que pide la acusación particular.
El abogado Vladimir Porojnia, abogado del soldado Christian Eduardo A. Q., llamó la atención sobre la falta de equidad y justicia que existe en el COIP respecto a la cuantiosa multa estipulada a favor de Consejo de la Judicatura (800 salarios básicos), frente al monto de indemnización para las familias de las víctimas, fijado en USD 10.000.

Trozo de cuerdas con un nudo simple, en parte carbonizada, hallada en las muñecas de una de las víctimas del caso Las Malvinas, en la escena en el estero El Chabelo, Casa de Zinc, Taura.Función Judicial
15/12/2025
11:07
Defensa de subteniente apunta a la liberación de los menores
El abogado Jorge Haz, defensor del subteniente John Henry Z. E., sostuvo en su alegato que la Fiscalía ha construido una imputación errónea y descontextualizada del delito de desaparición forzada, al ignorar el origen histórico y jurídico de esta figura penal, concebida -según señaló- para sancionar prácticas sistemáticas de represión estatal.
La defensa enfatizó que los menores fueron liberados con vida y fuera de custodia militar, y que incluso lograron comunicarse con sus familiares mediante un teléfono facilitado por un civil. A su criterio, estos hechos rompen el nexo causal. (Fiscalía arguye que el solo hecho de abandonar a las víctimas desnudas en una zona despoblada y de alta peligrosidad demuestra el designio de hacer daño).
Asimismo, el abogado cuestionó la credibilidad de los cooperadores eficaces, a quienes calificó de contradictorios e interesados en obtener beneficios penales. Añadió que la acusación incurre en una contradicción al alternar entre dolo directo y omisión dolosa, afectando el principio de congruencia y el derecho a la defensa.
Finalmente, sostuvo que cualquier daño posterior a la liberación de los menores corresponde a la intervención de terceros y debe investigarse en procesos separados, por lo que solicitó al tribunal ratificar el estado de inocencia del subteniente y descartar la imputación por desaparición forzada.

Militares enjuiciados por el caso Malvinas simulan mover un árbol caído a las afueras de Taura (Naranjal), en una reconstrucción de los hechos, el 17 de marzo de 2025, en el camino de segundo orden donde los militares dicen haber abandonados a cuatro menores de edad.Función Judicial
15/12/2025
10:30
Fiscalía atribuye dominio del hecho al jefe de la patrulla militar
El fiscal Christian Fárez presentó la acusación contra el subteniente John Henry Z. E., oficial al mando de la patrulla militar de 16 miembros de la FAE que interceptó a las cuatro víctimas la noche del 8 de diciembre de 2024, a quien señaló como autor directo y principal responsable del delito de desaparición forzada.
Durante su intervención, el fiscal sostuvo que quedó acreditado el dominio del hecho, al establecer que el subteniente impartió las órdenes determinantes del operativo: detener a las víctimas, desviarlas hacia un sector rural y despoblado de Taura, ordenar su traslado "a una poza" y omitir toda comunicación inmediata a autoridades civiles.
Según el fiscal, esta conducta evidenció conciencia y voluntad en la ejecución de los hechos, incompatibles con un procedimiento regular, más aún al tratarse de niños y adolescentes.
Los testimonios ventilados en el juicio, según Fiscalía, demostraron la negativa deliberada de información y el ocultamiento de hechos relevantes, como la desnudez forzada, las agresiones físicas y la simulación de una ejecución (el subteniente habría disparado a 80 centímetros de la cabeza de uno de los niños), así como la entrega tardía e incompleta de informes oficiales.
Fárez subrayó que la privación de libertad fue ilegal. La Fiscalía solicitó una sentencia como autor directo, con una pena agravada de 34 años y ocho meses de prisión, una multa de 800 salarios (USD 376.000) y una reparación simbólica de USD 10.000 para las familias de las víctimas. (La acusación particular pide indemnización de USD 100.000).
Asimismo, se pidieron medidas de no repetición, como capacitación obligatoria en derechos humanos y actuación con menores para las Fuerzas Armadas, atención integral a las víctimas indirectas (las familias) y una reparación simbólica al rebautizar el puente a desnivel donde se produjo la aprehensión de las víctimas, en el sur de Guayaquil.
15/12/2025
09:53
Acusación particular señala inacción y omisión de protocolos
La defensora pública Dina Reina, quien ejerce la acusación particular junto a los abogados de las familias de las víctimas, sostuvo ante el Tribunal que el teniente coronel Juan Francisco I. M. incurrió en una grave inacción pese a conocer desde la noche del 10 de diciembre de 2024 que los menores se encontraban en riesgo inminente, lo que -a su criterio- contribuyó directamente a la consumación de la desaparición forzada.
Reina enfatizó que, aun cuando el oficial afirmó no tener certeza de la existencia de un delito y haber iniciado únicamente “entrevistas” internas, omitió activar los protocolos de búsqueda y protección que correspondían, como la Alerta Emilia.
La acusación particular subrayó que el oficial conocía el territorio de Taura, las dinámicas delictivas y los sectores donde suelen mantenerse personas secuestradas, por lo que su falta de acción en horas cruciales impidió desplegar mecanismos estatales que habrían podido localizar a los niños antes del 24 de diciembre, cuando se hallaron sus restos.
Según Reina, esta omisión vulneró el interés superior del niño. La acusación particular solicitó al Tribunal que declare la culpabilidad del procesado, que acoja la pena y multa planteadas por el Ministerio Público, y que se disponga una reparación integral ampliada, proponiendo un monto de USD 100.000 para las familias.

Un militar investigado por la desaparición forzada de los cuatro niños y adolescentes de Las Malvinas, asiste esposado a la reconstrucción de los hechos en Taura, el 17 de marzo del 2025.API ¿Qué dice el abogado del imputado?
El abogado Paúl Ocaña, defensor del teniente coronel Juan Francisco I. M., sostuvo ante el Tribunal que su cliente ha sido vinculado injustamente al delito, al afirmar que la Fiscalía no logró probar un nexo causal entre su actuación y los hechos investigados. Según la defensa, durante el juicio no se acreditó que el oficial haya tenido contacto con las víctimas o emitido órdenes irregulares.
Ocaña, argumentó que su defendido actuó dentro de sus competencias como oficial de inteligencia, realizando indagaciones administrativas conforme a la Ley, antes de que existiera una investigación penal formal.
La defensa también sostuvo que la recolección y entrega de prendas de vestir se realizó de forma legítima, con el objetivo de evitar su destrucción o alteración en una zona considerada de alto riesgo, y que dichas evidencias fueron entregadas a la UNASE bajo cadena de custodia, con conocimiento policial. Añadió que peritos y agentes de la Policía Nacional confirmaron que el oficial colaboró de manera permanente con las autoridades.
Finalmente, Ocaña cuestionó la credibilidad de los testimonios de algunos cooperadores eficaces, al señalar contradicciones internas y ausencia de señalamientos directos contra su defendido, y sostuvo que no se configura el elemento subjetivo del dolo requerido para la complicidad en el delito de desaparición forzada. Por ello, pidió al Tribunal que desestime la acusación y declare la inocencia del teniente coronel Juan Francisco I. M.

Detalle de las manos esposadas de un militar procesado por la presunta desaparición forzada de cuatro menores del barrio Las Malvinas de Guayaquil, durante una reconstrucción de los hechos del caso en Taura (Naranjal), el 17 de marzo del 2025.API
15/12/2025
09:10
Fiscalía atribuye actos de complicidad a teniente coronel
El fiscal del caso, Christian Fárez, individualizó la acusación contra el teniente coronel Juan Francisco I. M., procesado como presunto cómplice en el delito de desaparición forzada de los cuatro menores del caso Malvinas, al atribuirle actos secundarios y posteriores que -según la Fiscalía- contribuyeron a la consumación del ilícito.
Durante su intervención, el fiscal sostuvo que, si bien el oficial no integró la patrulla militar que interceptó a las víctimas el 8 de diciembre de 2024, su responsabilidad penal se configura por ocultar información relevante, no alertar de forma inmediata a las autoridades competentes y permitir la manipulación de evidencias, pese a conocer los hechos con claridad desde el 10 de diciembre de 2024.
La Fiscalía señaló que el teniente coronel tomó conocimiento de la presunta desaparición forzada al reunir y escuchar las versiones de los 16 integrantes de la patrulla, lo que debía activar -de forma obligatoria y no discrecional- el deber de informar de inmediato a la Fiscalía y a la Policía Nacional, conforme a la normativa vigente sobre personas desaparecidas y a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.
Como sustento de la imputación, Fárez citó el testimonio de un agente de la UNASE, quien declaró que el 11 de diciembre de 2024, alrededor de las 16:00, recibió del propio teniente coronel prendas de vestir recuperadas en Taura, las cuales -según la Fiscalía- fueron levantadas sin presencia policial ni control fiscal, dentro de un manejo interno de inteligencia, pese a tratarse de un delito grave.
Asimismo, militares procesados y cooperadores eficaces relataron que el oficial ordenó estructurar versiones, pidió omitir información sensible -como golpes, disparos y la desnudez forzada de las víctimas- y solicitó borrar registros audiovisuales, hechos que, para el Ministerio Público, configuran un ocultamiento deliberado de información crucial para la localización de los menores.
La Fiscalía enfatizó que, en delitos contra la libertad personal, como la desaparición forzada, cada minuto es determinante, y que la demora en comunicar los hechos afectó gravemente la posibilidad de hallar con vida a las víctimas, cuyos restos fueron recuperados recién el 24 de diciembre de 2024.
Con base en el artículo 43 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), Fárez solicitó que el teniente coronel sea declarado culpable en grado de complicidad, y que se le imponga una pena de siete años y cuatro meses de prisión, sin agravantes generales, al no haber participado de forma directa en la detención ni en las agresiones iniciales.
Además, pidió una multa de 800 salarios básicos (USD 376.000) a favor del Consejo de la Judicatura, una reparación económica simbólica de USD 10.000 para las familias de las víctimas, capacitación obligatoria en derechos humanos y procedimientos con menores, y que el Ministerio de Defensa tenga la obligación de informar de manera inmediata a la Fiscalía en casos de presuntas graves violaciones a los derechos humanos.
Estos son los militares implicados en el caso sobre los que se establecieron presuntos nexos como autores directos en el juicio, la semana anterior:
- Wilson Alfredo W. A., suboficial de la FAE.
- Wilmer Danny L. C., sargento de la FAE.
- Rodrigo Paúl N. P., cabo primero de la FAE.
- Jonathan Raúl G. P., cabo primero de la FAE.
- Ronald Stalin P. T., cabo primero de la FAE.
- Sergio Francisco V. B., cabo segundo de la FAE.
- Jhon Eduardo T. M., cabo de la FAE.
- Lister Henry L. C., cabo de la FAE.
- Bryan Olmedo N. L., cabo de la FAE.
- David Andrés C. A., soldado de la FAE.
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