Fiscalía defiende dictamen que libera a siete presuntos colaboradores de Jezdimir Srdan
La Fiscalía aseguró que su dictamen abstentivo, que favorece a siete investigados vinculados con Jezdimir Srdan, se basó en un análisis “objetivo, técnico y jurídico” del expediente. Con esta decisión, el juez de la causa dispuso el sobreseimiento y levantó las medidas cautelares.

Imagen referencial del edificio de la Fiscalía General del Estado, en febrero de 2024.
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Autor:
Redacción Primicias
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La Fiscalía General del Estado defendió este miércoles, 11 de marzo de 2026, su dictamen abstentivo que libera a siete presuntos operadores de Jezdimir Srdan, enlace de la mafia albanesa en Ecuador.
"La decisión de la agente fiscal del caso se sustenta en un análisis objetivo, técnico y jurídico de los elementos de cargo y de descargo que constan en el expediente", aseguró la institución en un comunicado, al rechazar que se pretenda "intentos de desacreditar" su trabajo.
Aunque esta decisión obliga a que los jueces dicten el sobreseimiento en el tercer caso contra el serbio, sumando un nuevo capítulo de polémica judicial en su largo historial en Ecuador antes de su extradición a Austria.
La Fiscalía asegura que, en esta causa, "se efectuó el correspondiente control jurídico, de oficio, a las actuaciones de la agente fiscal, en el que se ha verificado que estas se ajustan estrictamente a lo dispuesto en la normativa legal vigente, sin que se haya identificado ningún tipo de irregularidad en su proceder".

¿Quiénes son los beneficiados?
Los beneficiados de esa decisión son Luis Elisaul L. P., Gabriel Francisco P. V., Ramón Alonso Z. R., Darwin Javier T. A., Miguel Fernando F. V., William Andrés T. L. y Miguel Ángel A. O.
Ante esta decisión, al juez de la causa, Sebastián Cornejo, se le cerraron las vías para continuar el juzgamiento y dictó, a inicios de marzo de 2026, el sobreseimiento a favor de todos ellos, ordenando dejar sin efecto las medidas cautelares y emitir las boletas de excarcelación.
Las siete personas fueron procesadas con base en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente a la fecha de los hechos (año 2020), que establece una pena de cinco a siete años de cárcel para quienes participen, en calidad de colaboradores, en el delito de delincuencia organizada, explicó la Fiscalía.
La Institución informó, además, que el proceso penal continúa con la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio contra otras nueve personas procesadas por el mismo delito.
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